MP | C/ CRISTIAN ANDRÉS PALMA JEREZ
Rol
O-14535-2017
Fecha
21 de abril de 2020
Materia
PELEAS DE ANIMALES COMO ESPECTÁCULO. ART.11 DE LA LEY 21.020, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público formuló acusación y propuso procedimiento abreviado en contra de Cristian Andrés Palma Jerez, cédula de identidad N°17.521.543-3, actualmente privado de libertad en el CCP La Gonzalina, por su responsabilidad en calidad de autor de los delitos consumados de Porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación al 13° de la Ley 17.798 y de Receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, en virtud de los siguientes hechos: El día 20 de diciembre de 2017, siendo aproximadamente las 03:40 horas de la madrugada, y en circunstancias que personal de Carabineros en virtud de un procedimiento de fiscalizaciónen en relación a la ley de Control de Armas, se dispone a fiscalizar dos automóviles de color gris, uno marca Toyota y otro marca Volkswagen, cuyos ocupantes momentos antes habían participado en una balacera y en este contexto al salir en persecución de los móviles y al llegar al pasaje El Mático en la Población Algarrobo 5 de esta comuna, los ocupantes de ambos automóviles descienden de los mismos, entre ellos el imputado presente el dia de hoy, quien se mantiene oculto y se tapa con un nylon para evitar sud etención, siendo advertido esto por personal de Carabienros, percatandose que este mantenia en su poder una pistola, amrca Daewoo, calibre 9 milimetros, semi automática, N° de serie BA900665, apta para efectuar disparos la que mantenia ademas encargo vigente por el delito de robo, según el parte N°474 de fecha 04- 03-2017, el imputado mamntenia dicha arma no contando con la autorización de porte y tenencia de la misma y no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de esta arma. Que la fiscalía no invocó modificatorias y en virtud de lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal, propuso por el Porte de arma de fuego una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, comiso de arma de fuego y accesorias legales y
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Cristian Andrés Palma Jerez, ya individualizado, a una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, con las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación al artículo 13 de la Ley 17.798, perpetrado en grado consumado en esta ciudad con fecha 20 de diciembre de 2017. II.- Que se condena a Cristian Andrés Palma Jerez, ya individualizado, a una pena de sesenta y un día de presidio menor en su grado mínimo, con las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, perpetrado en grado consumado en esta ciudad con fecha 20 de diciembre de 2017. III. Sin que se le imponga el pago de las costas de la causa, toda vez que al haber permitido la aplicación de este procedimiento breve y concentrado, ha evitado con ello incurrir en mayores gastos al Erario Nacional. IV.- Que no concurriendo en la especie los requisitos de la Ley N° 18216 deberá cumplir efectivamente las penas corporales impuestas, principiando por la más grave; la que se computará desde el 20 de diciembre de 2017, fecha a partir de la cual permanece ininterrumpidamen
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl RESUMEN: RUC. : 1701208681-4 RIT. : 14535 - 2017 MATERIA : Porte ilegal de arma de fuego y receptación IMPUTADO : Cristián Andrés Palma Jerez RESOLUCIÓN : Sentencia Procedimiento Abreviado. Rancagua, veintiuno de abril de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENT
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