MP C/ EUDOSIO CEFERINO QUINTOMAN MARCIAL
Rol
O-7088-2019
Fecha
21 de abril de 2020
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES GRAVES., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Acumulación: Se tiene por acumulada la causa RIT 12282-19 a la causa RIT 7088-19, quedando esta última vigente. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: (RIT 12282-19) El día 29 de octubre de 2019, el imputado Eudosio Ceferino Quintoman Marcial, alrededor de las 12:45 horas intercepta a la víctima quien es su ex conviviente y con quien mantiene dos hijos en común Clara Inés Jaramillo Jaramillo en la vía pública mientras ésta transitaba por Avda. República de Chile hacia el Sur en la comuna de Rancagua, el imputado en forma sorpresiva la toma del cuello y le da un golpe con una piedra en la cabeza a la víctima quien se destabiliza, se marea, apoyándose en una pared, para no caer al suelo; producto de la agresión, la víctima resulta con una edema y hematoma en la región parietal izquierda de carácter leve. En audiencia de fecha 10 de julio del año 2019, en causa Ruc 1900730653-1, Rit 7088-2019 por el delito de Lesiones Graves en contexto de Violencia Intrafamiliar ante el Tribunal de Garantía Rancagua, se decretó en contra del imputado Eudosio Ceferino Quintana Marcial las medidas cautelares de arresto domiciliario total en el domicilio ubicado en Villa Las Cumbres, Avda. Las Cumbres, Block 7, Depto. 101 de Rancagua, hacer abandono del hogar común que comparte con la víctima, debiendo hacer retiro de las especies personales y prohibición absoluta de acercarse a la víctima Clara Inés Jaramillo Jaramillo, a su domicilio lugar de trabajo o donde ésta se encuentre, no obstante la fecha antes indicada, esto es el 29 de octubre del 2019, alrededor de las 12:45 horas el imputado desobedeció la orden del Tribunal de Garantía, acercándose a la víctima y cometiendo el delito antes referido. RZGBPJSZCV Paz Victoria Reyes Moreno Juez de garantía Fecha: 27/04/2020 15:33:34
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A EUDOSIO CEFERINO QUINTOMAN MARCIAL, C.I. N°10.272.600-6 ya individualizado, a sufrir la PENA DE OCHOCIENTOS DIECIOCHO DIAS (818) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Lesiones graves en violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 397 N°2 y 400 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 7 de julio del año 2019 y que afectó a doña Clara Inés Jaramillo Jaramillo, a la fecha su conviviente. II.- Que se CONDENA A EUDOSIO CEFERINO QUINTOMAN MARCIAL, C.I. N°10.272.600-6 ya individualizado, a sufrir la PENA DE MULTA DE CINCO (5) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Lesiones menos graves en violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 y 400 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 29 de octubre del año 2019 y que afectó a doña Clara Inés Jaramillo Jaramillo, a la fecha su conviviente. Por estos hechos se le condena también a la pena accesoria especial del artículo 9° letra B de la Ley de violencia intrafamiliar, esto es, la prohibición de acercarse a doña Clara Inés Jaramillo Jaramillo, en cualquier lugar que ella se encentre, su domicilio, lugar de trabajo, estudio, establecer contacto con ella mediante medios telefónico, virtuales, a través de terceras personas, por el lapso de dos años, contados
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl Audiencia realizada por video conferencia ACTA DE AUDIENCIA veintiuno de abril de dos mil veinte Ruc: 1900730653-1 Rit: 7088 - 2019 Hora Inicio: 12:15 Hora Término: 13:00 Juez: PAZ VICTORIA REYES MORENO Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: Eudosio C
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