Juzgado de Garantía de Curico.

M.P. C/ UZIEL CISTERNAS BRAVO

Rol

O-3335-2019

Fecha

22 de abril de 2020

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 21 de junio del año 2018, en horas de la tarde, la víctima Silvia Groenlandia Lobos Vigneau, se encontraba en su lugar de trabajo ubicado en calle Las Heras N° 026, comuna de Curicó, cuando intentó ingresar hasta la sucursal virtual del Banco de Chile, momento en el que apareció una "nueva ventana" solicitándole una clave para poder descargar una aplicación y continuar navegando en la página del Banco. Al momento de ingresar la clave que se le había enviado a su teléfono celular, su computador se bloqueó sin poder realizar ninguna operación, por lo que lo apagó. Al encenderlo nuevamente, revisó su correo electrónico advirtiendo que desde su cuenta N°3174268384, del Banco de Chile, se había realizado una transferencia por $3.957.000 (tres millones novecientos cincuenta y siete mil pesos), a la cuenta 617230, del Banco de Chile-Edwards de propiedad del imputado UZIEL CISTERNAS BRAVO, percatándose en ese momento que su cuenta había sido intervenida por terceros, ya que dicha transferencia no fue realizada por ella, siendo así la víctima defraudada en la suma de $3.957.000.- (tres millones novecientos cincuenta y siete mil pesos” S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a UZIEL CISTERNAS BRAVO, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de ESTAFAS, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 21 de junio del año 2018, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II).- Que, atendido el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, los días 04, 05 y 06 de agosto del 2019, la pena multa se dará POR CUMPLIDA.- III) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriend

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., veintidós de abril de dos mil veinte Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado PATRICIO ALFREDO NAVARRO FIERRO Imputado 1) UZIEL CISTERNAS BRAVO C.I. 0019877094-9 Fecha de Nacimiento 04-08-1997 Dirección PASAJE ISLA HANNOVER 0552, LA GRANJA . DELITO ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES Participación Autor Grado desarrollo

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