Juzgado de Letras y Garantía de Traiguen.

TRAIGUÉN C/ MARCELO ANTONIO CARRASCO CABEZA

Rol

O-753-2019

Fecha

24 de abril de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 02 de Septiembre del año 2019, alrededor de las 22:45 horas, el imputado Jorge Nibaldo Vega Riquelme, ya individualizado, previamente concertado y agrupado al efecto con Marcelo Antonio Carrasco Cabeza, ingresó al local comercial ubicado en El Olivillo N° 1529, Traiguén, atendido por Yocelyn Inostroza Rodríguez, portando y exhibiendo ambos sujetos armas blancas, procediendo a intimidar verbalmente y mediante la exhibición de las mismas al personal y público del local, exigiendo la entrega del dinero de la recaudación del mismo, manteniéndose Vega Riquelme junto a la puerta de acceso al local y concurriendo el coimputado Carrasco Cabeza hasta la caja registradora del establecimiento, desde la cual sustrajo la suma de $66.000 (sesenta y seis mil pesos) en dinero efectivo, billetes de distinta denominación, huyendo del lugar con el dinero en su poder, siendo ambos imputados sorprendidos minutos más tarde y en las inmediaciones por funcionarios de Carabineros, quienes consiguieron detener al coimputado Carrasco Cabeza, constatando que éste mantenía en su poder la suma de $30.000 (treinta mil pesos), parte de la suma de dinero sustraída minutos antes y que entre sus vestimentas portaba un arma blanca tipo cuchillo de hoja metálica aserrada de 11 cm y empuñadura tipo madera de 9 cm, mientras que Vega Riquelme se dio a la fuga al ver al personal policial sin logar ser habido posteriormente..” XTPRPJXKQX Eduardo Antonio Perez Yanez Juez de garantía Fecha: 24/04/2020 17:38:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl E

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía, el día 20 de abril de 2020, se desarrolló audiencia de preparación de juicio oral en procedimiento ordinario, con la asistencia de don Aldo Osorio Parra, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Traiguén; del acusado don JORGE NIBALDO VEGA RIQUELME, cédula nacional de identidad número 13.808.268-7, 40 años de edad, nacido el 03 de Abril de 1980, soltero, de oficio comerciante, domiciliado en Pasaje El Laurel N° 778, Población Guacolda Sur II, Traiguén, actualmente en prisión preventiva en el C. D. P. Traiguén; y del Abogado Defensor Público, don Valentín Vergara Schneider; audiencia en la cual el Ministerio Público, conforme al artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, solicitó aplicación del procedimiento abreviado. SEGUNDO: Que, la acusación formulada por el Fiscal Adjunto se fundó en los siguientes hechos: “El día 02 de Septiembre del año 2019, alrededor de las 22:45 horas, el imputado Jorge Nibaldo Vega Riquelme, ya individualizado, previamente concertado y agrupado al efecto con Marcelo Antonio Carrasco Cabeza, ingresó al local comercial ubicado en El Olivillo N° 1529, Traiguén, atendido por Yocelyn Inostroza Rodríguez, portando y exhibiendo ambos sujetos armas blancas, procediendo a intimidar verbalmente y mediante la exhibición de las mismas al personal y público del local, exigiendo la entrega del dinero de la recaudación del mismo, manteniéndose Vega Riquelme junto a la puerta de acceso al local y concurriendo el coimputado Carrasco Cabeza hasta la caja registradora del establecimiento, desde la cual sustrajo la suma de $66.000 (sesenta y seis mil pesos) en dinero efectivo, billetes de distinta denominación, huyendo del lugar con el dinero en su poder, siendo ambos imputados sorprendidos minutos más tarde y en las inmediaciones por funcionarios de Carabineros, quienes consiguieron detener al coimputado Carrasco Cabeza, constatando que éste mantenía en su poder la suma de $30.000 (treinta mil pesos), parte de la suma de dinero sustraída minutos antes y que entre sus vestimentas portaba un arma blanca tipo cuchillo de hoja metálica aserrada de 11 cm y empuñadura tipo madera de 9 cm, mientras que Vega Riquelme se dio a la fuga al ver al personal policial sin logar ser habido posteriormente..” XTPRPJXKQX Eduardo Antonio Perez Yanez Juez de garantía Fecha: 24/04/2020 17:38:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl El Ministerio Público señaló que los hechos antes descritos configuran el delito de ROBO CON INTIMIDACION, previsto y s

Fallo

por tanto, imparciales, por lo que no habiendo sido alegada su falsedad o inexactitud, hacen plena fe respecto de su contenido, y sirven para confirmar lo dicho en las declaraciones de los testigos, y para establecer que efectivamente el día de los hechos el acusado Vega Riquelme, en compañía de otro sujeto, ingresaron a un local comercial ubicado en El Olivillo N° 1529, Traiguén, procediendo a intimidar verbalmente y mediante la exhibición de armas blancas al personal y público del local, exigiendo la entrega del dinero de la recaudación del mismo, manteniéndose Vega Riquelme junto a la puerta de acceso al local y concurriendo el coimputado hasta la caja registradora del XTPRPJXKQX Eduardo Antonio Perez Yanez Juez de garantía Fecha: 24/04/2020 17:38:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl establecimiento, desde la cual sustrajo la suma de $66.000 en dinero efectivo. En particular, resulta especialmente relevante la declaración de la testigo presencial Yoselyn Inostroza, quien directamente sindica al acusado Vega Riquelme como uno

Texto Completo (Preview)

RUC : 1900949451-3 RIT : 753-2019 MATERIA : ROBO CON INTIMIDACIÓN IMPUTADO : JORGE NIBALDO VEGA RIQUELME RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Traiguén, veinticuatro de abril de dos mil veinte. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía, el día 20 de abril de 2020, se desarrolló audiencia de preparación de juicio oral en procedimiento ordinario, c

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