8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ NICOLÁS EDUARDO VALDEBENITO VALDEBENITO

Rol

O-8474-2019

Fecha

22 de abril de 2020

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos materia del requerimiento, lo que evitó la realización del juicio, se libera de la condena en costas al sentenciado. IV.- MEDIDAS CAUTELARES. Se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva que afecta al sentenciado en la presente causa. Una vez que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan notificados los intervinientes, quienes RENUNCIAN a los plazos y recursos legales. Dictada por IRENE RODRIGUEZ CHAVEZ, Juez Titular del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. XXRGPJYVJX IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 24/04/2020 17:06:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-04-24T17:06:21-0400 Corte Suprema IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 12 numero 16; 14, 15 N° 1, 18, 25, 30, 50, 436 inciso segundo, 449 y 450 del Código Penal; 406 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se condena a NICOLAS EDUARDO VALDEBENITO VALDEBENITO, ya individualizado, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, ACCESORIA DE SUSPENSIÓN DE CARGO Y OFICIO PUBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad en calidad de AUTOR de un delito ROBO POR SORPRESA, en grado de ejecución CONSUMADO, XXRGPJYVJX IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 24/04/2020 17:06:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, cometido el 11 de noviembre del 2019, en la comuna de Ñuñoa. II.- Que en el condenado no concurren los requisitos para acceder a las penas sustitutivas, debiendo ingresar a cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad, abonándole todo el tiempo

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : OCTAVO JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO. RUC : 1901217866-5 RIT : 8474-2019 DELITO : ROBO POR SORPRESA. CONDENADO : NICOLAS EDUARDO VALDEBENITO VALDEBENITO RUN : 19373898-9 DOMICILIO : QUEBRADA DEL TORO 1337, SAN BERNARDO. ----------------------------------------------------------------------------------- LOS HECHOS. El día 11 DE Noviembre de 2019 alrededor

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica