Juzgado de Letras y Garantía de Carahue.

MP C/ JAIME ENRIQUE TAFALL VALENCIA

Rol

O-200-2020

Fecha

24 de abril de 2020

Materia

DAÑOS SIMPLES., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS DETERMINADOS: “El día 19 de febrero de 2020 a las 23:00 horas aproximadamente, el requerido en estado de ebriedad, llegó hasta el domicilio de su ex conviviente y madre de sus hijos, Camila Morales Garrido, ubicado en calle Bahía N°399 de Puerto Saavedra, en el cual además vive doña Elvira del Carmen Morales Garrido, hermana de la ex conviviente el requerido, y comenzó a gritar a doña Camila desde la vía pública frente a la casa, “maraca, conchatumadre, cochina culia, tay bien resguarda reconchatumadre”, luego de lo cual saltó el portón de acceso que se encontraba con candado, ingresando al antejardín para dirigirse a una de las ventanas que comenzó a golpear y empujar, logrando que el fierro que la aseguraba por dentro se cayera, abriendo la ventana por la cual ingresó a la casa, donde rompió un sillón, ante lo cual doña Camila Morales Garrido, dejó a sus hijos en el segundo piso y bajó al primer piso, sorprendiendo al imputado cuando iba lanzar el sillón sobre el televisor, impidiéndolo e interponiéndose pues el requerido pretendía seguir rompiendo el mobiliario de la casa, tomando el requerido a doña Camila Morales Garrido del pelo fuertemente haciéndola agachar la cabeza, dándole un golpe con su mano en la cara a la altura del ojo derecho y luego un golpe en el ojo izquierdo cuando la víctima se intentó zafar, momento en que intervino en defensa de la afectada su hermana Elvira Morales Garrido quien tomó al requerido del brazo y lo tiró hacia el lado consiguiendo que soltara a su hermana, sin embargo este se abalanzó sobre doña Elvira a quien dio una patada en el estómago y otra en el brazo, logrando finalmente ambas víctimas sacarlo a empujones de la casa hacia el antejardín. DXYRPJXQDS CARLOS GABRIEL ALEJANDRO JERIA MONTOYA Juez de garantía Fecha: 27/04/2020 11:52:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la fiscal del Ministerio Público requirió en procedimiento simplificado por los hechos expuestos. SEGUNDO: Que el enjuiciado JAIME ENRIQUE TAFALL VALENCIA admitió responsabilidad en los hechos que motivan el requerimiento, por lo que se ha procedido en conformidad a lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal. TERCERO: Que favorece al requerido las atenuantes contempladas en el artículo 11 Nº 6 y Nº 9 del Código Penal. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 36, 45, 47 inciso 3º, 97, 340, 341, 342, 346 388, 389, 393 y 395 inciso 2º, del Código Procesal Penal y artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 30, 49, 50, 67, 68, 69, 70, 399, 494 N°5 del Código Penal; Ley N°20.066, artículos 5º Y Ss. DE LA LEY 20.066,

Fallo

SE DECLARA: 1° Que se condena a JAIME ENRIQUE TAFALL VALENCIA, ya individualizado en esta audiencia, como autor de 2 delitos LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR prescritos y sancionados en el artículo 494 N°5, en relación al artículo 300 y 400 del Código Penal, en relación A SU VEZ con el artículo 5º y siguientes de la ley 20.066 y UN DELITO DAÑOS SIMPLES prescrito y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado en la jurisdicción de este tribunal el día 19 de febrero de 2020, a sufrir las siguientes penas: a) • Por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, contra doña Camila Morales Garrido, la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias de suspensión de cargo y oficios públicos por el tiempo que dure la condena. DXYRPJXQDS CARLOS GABRIEL ALEJANDRO JERIA MONTOYA Juez de garantía Fecha: 27/04/2020 11:52:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Y como pena accesoria se CONDENA a JAIME ENRIQUE TAFALL VALENCIA ya

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : JUZGADO DE GARANTÍA DE CARAHUE RIT : 200-2020 RUC : 2000195225-1 IMPUTADO : JAIME ENRIQUE TAFALL VALENCIA CÉDULA DE IDENTIDAD : 18.787.239-1 DOMICILIO : PEDRO LIRA N° 3514, COMUNA DE RECOLETA. PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO DELITOS : LESIONES MENOS GRAVES VIF Y DAÑOS SIMPLES HECHOS DETERMINADOS: “El día 19 de febrero de 2020 a las 23:00 horas aproximadamente, el requerido en estado de eb

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