Juzgado de Letras y Garantía de Caldera.

MINISTERIO PÚBLICO C/ ROBERTO ANTONINY JÉLVEZ DAINES

Rol

O-80-2020

Fecha

14 de abril de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 16 de enero de 2020, a las 18:40 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en Pasaje Flor Del Inca N°1023, Caldera, el imputado José Luis Caballero Castillo fue sorprendido por la Policía de Investigaciones manteniendo en su poder, con el objeto de traficar, lo siguiente: en sus vestidos, 30 grageas de clonazepam de 2 mg cada una, las que no estaban destinadas para su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo; y en el antejardín del domicilio, 03 bolsas de nylon contenedoras de pasta base de cocaína, con un peso bruto de 5,11 gramos, en una concentración del 12%, la que no estaba consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. Además, el imputado mantenía en su poder la suma de $352.000 pesos en dinero en efectivo producto de la venta de la droga, distribuido en billetes de distinta denominación.” SE DECLARA: I. Que se condena a JOSÉ LUIS CABALLERO CASTILLO, R.U.N. 15.030.263-3, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la pena de MULTA DE CINCO (5) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como AUTOR del delito de Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Caldera el día 16 de enero de 2020. II. Se decreta el comiso de la droga y dinero incautado, III. Respecto a la pena corporal, no concurriendo en relación al sentenciado los requisitos establecidos en la Ley 18.216, deberá cumplir la pena impuesta DE MANERA EFECTIVA, abonándosele el tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de su libertad, esto es el día 16 de enero de 2020 con ocasión de su detención, y desde el día 17 de enero de 2020 a la fecha por la medida cautelar de prisión preventiva, arrojando un total de 90 días de abon

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a JOSÉ LUIS CABALLERO CASTILLO, R.U.N. 15.030.263-3, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la pena de MULTA DE CINCO (5) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como AUTOR del delito de Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Caldera el día 16 de enero de 2020. II. Se decreta el comiso de la droga y dinero incautado, III. Respecto a la pena corporal, no concurriendo en relación al sentenciado los requisitos establecidos en la Ley 18.216, deberá cumplir la pena impuesta DE MANERA EFECTIVA, abonándosele el tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de su libertad, esto es el día 16 de enero de 2020 con ocasión de su detención, y desde el día 17 de enero de 2020 a la fecha por la medida cautelar de prisión preventiva, arrojando un total de 90 días de abono. KXLCPHHNKE Macarena Karina Muñoz Toro Juez de garantía Fecha: 19/04/2020 12:22:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA: Caldera, catorce de abril de dos mil veinte. TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADA: MACARENA KARINA MUÑOZ TORO RUC: 1900801478-k RIT: 80 - 2020 IMPUTADO: JOSÉ LUIS CABALLERO CASTILLO R.U.N. 15.030.263-3 FECHA DE NACIMIENTO 09-06-1981 DIRECCIÓN Calle El Cisne N°754 COMUNA Caldera DELITO Tráfico ilícito de drogas en p

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