MÜLLER/CONSTRUCTORA SANTOLAYA LTDA.
Rol
O-142-2020
Fecha
18 de agosto de 2020
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. O-142-2020 por despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Esteban Ignacio Müller Flores, 32 años de edad, cédula nacional de identidad Nro 16.921.080-2, con domicilio en calle Vicuña Mackenna 7735, comuna de La Florida, en contra de “Constructora Santolaya Ltda”, Rol Único Tributario 76.910.360-0, representada legalmente por doña Denisse Cofré G., cedula nacional de identidad N° 15.353.449-7 ambos domiciliados en Padre Mariano N° 181, quinto piso, comuna de Providencia. El demandante fue asistido por el abogado Juan Manuel Díaz Pereira y la demandada por el abogado Ramón Galarce Aliaga.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Argumentos y pretensiones del actor: Expone en síntesis que el día 03 de agosto de 2015 comenzó a prestar servicios para la demandada como Ayudante en prevención de riesgos, mediante un contrato de trabajo por obra o faena, específicamente para el proyecto Vespucio Macul ubicado en Macul, en la construcción de la torre A, B y C, siendo la duración de este proyecto desde año 2015 al año 2017. En ese periodo, suscribió aproximadamente 6 contratos hasta la culminación de dicha obra. Posteriormente en agosto de 2017 se suscribió un nuevo contrato, esta vez para la realización del proyecto Presidente Riesco en la comuna de Las Condes hasta el mes de diciembre de 2018, periodo en el cual fueron suscritos al menos dos contratos más con la demandada, todos ellos para seguir desempeñando la misma función de Ayudante en prevención de riesgos de la obra. Luego, con fecha 03 de diciembre de 2018 las partes celebraron un nuevo contrato de trabajo para la “obra: 88 edificio Santa Isabel”, esta vez para ejercer el cargo de Experto de prevención de riesgos de la misma. Por último, con fecha 01 de marzo de 2019 con la empresa demandada el actor firma un nuevo contrato de trabajo para seguir desempeñando el mismo cargo en la continuación del mismo proyecto. Con fecha 11 de noviembre de 2019, es despedido invocando por su empleador a causal 159 N°5 del Código del Trabajo que indica “Conclusión de los trabajos que dieron origen al contrato”, por los servicios prestados desde el 1 de marzo de 2019 hasta el 31 de octubre de 2019. Indica que su remuneración para los efectos del inciso primero del artículo 172 del Código del Trabajo, asciende a la suma bruta de $1.137.580.- (un millón ciento treinta y siete mil quinientos ochenta pesos). Señala que el despido impetrado en su contra es injustificado, indebido y sobre todo improcedente, puesto que existe una continuidad de la relación laboral a partir del 03 de agosto de 2015, en virtud de la celebración sucesiva de contratos de trabajo durante más de cuatro (4) años, que convirtieron el contrato para una obra o faena determinada en un contrato a tiempo indefinido. Solicita en definitiva se acoja la demanda condenado a la demandada al pago de lo siguiente; a).- Indemnización por años de servicios (4) por la cantidad de $4.550.320.- b).- Indemnización sustitutiva del previo aviso por la cantidad de $1.137.580.- c).- Recargo de 50% por ser declarado improcedente mi despido equivalente a la cantidad de $2.275.160.- d) Feriado legal correspondiente a los años 2018-2019, equivalentes a 21 días, por la cantidad de $796.306.- e).- Feriado proporcional correspondiente al periodo comprendido entre el 03 de agosto de 2018 y el 11 de noviembre de 2019 equivalente a la cantidad de $216.520. Todo con reajustes intereses y costas. SEGUNDO: Contestación de la demanda: La parte demandada al contestar solicita el rechazo de la demanda con costas argumentando que las labores realizadas por el demandante fueron e
Fallo
fallo pues la misma ha devenido en sobreabundante en relación a hechos que se han tenido como suficientemente establecidos en este juicio. Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 3,5, 10 bis, 67, 73, 159,160, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Esteban Ignacio Müller Flores, cédula nacional de identidad Nro 16.921.080-2, en contra de Constructora Santolaya Ltda, Rol Único Tributario 76.910.360-0, representada legalmente por doña Denisse Cofré G., cedula nacional de identidad N° 15.353.449-7, todos previamente individualizados y se declara: a) Que entre las partes existió una relación laboral de carácter indefinido desde el 3 de agosto de 2015 hasta el 30 de octubre de 2019. b) Que el despido del actor de fecha 30 de octubre de 2019 es injustificado y en consecuencia de condena a la demandada Constructora Santolaya Ltda., a pagar al actor lo siguiente: 1. Indemnización por años de servicios, por la cantidad de $4.550.320.- 2. Indemnización sustitutiva del previo aviso por la cantidad de $1.137.580.- 3. Recargo de 50% de la indemnización por años de servicio por la cantidad de $2.275.160.- 4. Feriado legal por la cantidad de $796.306.- 5. Feriado proporcional correspondiente a la cantidad de $216.520. II.- Que las sumas anteriormente indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e interés que establecen
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veinte. VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. O-142-2020 por despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Esteban Ignacio Müller Flores, 32 años de edad, cédula nacional de identidad
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