PREMIER/FABRICA Y SERVICIOS FUNERARIOS RENZO DAMMIL CARMONA ROJAS EIRL
Rol
O-1220-2019
Fecha
19 de agosto de 2020
Materia
Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 21, 30, 33, 41, 44, 54, 58, 67, 73, 162, 172, 420 y siguientes del Código Del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por don Jean-Willy Premier en contra de Fabrica y Servicios Funerarios Renzo Dammil Carmona Rojas EIRL y se declara: A. La existencia de relación laboral entre las partes por el periodo comprendido entre el 23 de octubre de 2017 y el 30 de octubre de 2018. B. Que el termino decidido por la empleadora de fecha 30 de octubre de 2018 no puso término a la obligación remuneratoria del empleado debiendo pagar las remuneraciones que se devenguen desde la fecha de separación hasta la fecha de convalidación de despido, a través del pago de las cotizaciones de seguridad social de todo el periodo servido a razón de una remuneración mensual de $480.000.- en FONASA, AFC Chile y AFP Modelo. C. Y que a la fecha del término de los servicios la demandada adeuda y deberá pagar al actor las siguientes sumas: 1. $480.000 por concepto de remuneración del mes de octubre de 2018. 2. $1.971.024 por concepto de horas extraordinarias adeudadas. 3. $336.000 por concepto de feriado legal correspondiente a 21 días corridos adeudados de la anualidad 2017 y 2018. 4. $1.000 por feriado proporcional adeudado. II. Que en lo restante se rechaza la demanda. III. Que las sumas referidas deberán pagarse con reajustes e intereses. IV. Ejecutoriada que se da la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día hábil, de lo contrario remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Regístrese y comuníquese, queda notificada la parte demandante compareciente, también la demandada incompareciente, comenzando a correr los plazos legales para su impugnación. La parte demandante renuncia a los plazos, lo que el Tribunal tiene presente. Dirigió la audiencia don Cesar Alexanders Torres Mesias, Juez Titular del Segu
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 21, 30, 33, 41, 44, 54, 58, 67, 73, 162, 172, 420 y siguientes del Código Del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por don Jean-Willy Premier en contra de Fabrica y Servicios Funerarios Renzo Dammil Carmona Rojas EIRL y se declara: A. La existencia de relación laboral entre las partes por el periodo comprendido entre el 23 de octubre de 2017 y el 30 de octubre de 2018. B. Que el termino decidido por la empleadora de fecha 30 de octubre de 2018 no puso término a la obligación remuneratoria del empleado debiendo pagar las remuneraciones que se devenguen desde la fecha de separación hasta la fecha de convalidación de despido, a través del pago de las cotizaciones de seguridad social de todo el periodo servido a razón de una remuneración mensual de $480.000.- en FONASA, AFC Chile y AFP Modelo. C. Y que a la fecha del término de los servicios la demandada adeuda y deberá pagar al actor las siguientes sumas: 1. $480.000 por concepto de remuneración del mes de octubre de 2018. 2. $1.971.024 por concepto de horas extraordinarias adeudadas. 3. $336.000 por concepto de feriado legal correspondiente a 21 días corridos adeudados de la anualidad 2017 y 2018. 4. $1.000 por feriado proporcional adeudado. II. Que en lo restante se rechaza la demanda. III. Que las sumas referidas deberán pagarse con reajustes e intereses. IV. Ejecutoriada que se da la presente sentencia
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 18 AGOSTO DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 (SALA VIRTUAL) RUC 19-4-0168747-8 RIT O-1220-2019 MAGISTRADO CESAR ALEXANDERS TORRES MESIAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS STEPHANIE CALISTO C. HORA DE INICIO 12:27 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:53 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 1940168747-8-1349-
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica