Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ CARLOS EDGARDO MÁRQUEZ PARRA

Rol

O-1861-2018

Fecha

13 de abril de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 30 de Julio del año 2018 alrededor del medio día, aproximadamente a las 12.30 horas, el acusado Carlos Edgardo Márquez Parra en compañía de otro sujeto, a la fecha no identificado, concurrieron en el vehículo Placa Patente SW-1982-K, hasta el domicilio ubicado en el sector de Chacal, Los perales, Parcela N° 7 de la comuna de Quillón, de propiedad de la víctima Elsa María Díaz Mellado y su familia, con la finalidad de sustraer especies desde el interior de dicho inmueble destinado a la habitación, para lo cual procedieron a forzar la puerta principal de este, el que se encontraba debidamente cerrado, ingresando y registrando sus dependencias, no logrando verificar su propósito, al ser sorprendidos por un testigo ante lo cual huyen del lugar en el vehículo antes individualizado. Acepta antecedentes Si LECTURA DE SENTENCIA: Se deja constancia que la parte expositiva se encuentra integra en el registro de audio del Tribunal, la cual se da por reproducida en este acto. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 2, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 22, 20, 24, 67, 70 todos del Código Penal; artículos 440, 442 y siguientes del Código Penal; artículos 17 de la Ley 19970, artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a CARLOS EDGARDO MARQUEZ PARRA, cédula de identidad N° 0018107199-0, como autor del delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación perpetrado en esta jurisdicción el día 30 de julio de 2018, a la pena de 4 AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MAXIMO y accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, no reuniendo el imputado condiciones para cumplir la pena de forma sustitutiva, deberá cumplir la pena de manera efectiva, haciendo presente que cuenta con 407 días de abonos, tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad por la presente causa, comprendidos desde el día 06-01-2019

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a CARLOS EDGARDO MARQUEZ PARRA, cédula de identidad N° 0018107199-0, como autor del delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación perpetrado en esta jurisdicción el día 30 de julio de 2018, a la pena de 4 AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MAXIMO y accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, no reuniendo el imputado condiciones para cumplir la pena de forma sustitutiva, deberá cumplir la pena de manera efectiva, haciendo presente que cuenta con 407 días de abonos, tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad por la presente causa, comprendidos desde el día 06-01-2019 y hasta el 18-02-2020. III.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa por haber ahorrado recursos económicos y humanos al Estado de haberse desarrollado un juicio oral propiamente tal. JXCXPFXKCP Carolina Andrea Sanchez Abarca Juez de garantía Fecha: 14/04/2020 08:29:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaofi

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AUDIENCIA DE EXPLORACION DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON LECTURA DE SENTENCIA Fecha 13 de abril de 2020 Ruc N° 1800738010-7 Rit N° 1861-2018 Magistrado: Carolina Sánchez Abarca Fiscal: Pablo Acevedo Cifuentes Defensor Particular: Francisco Shannon Barrios Hora de inicio: 11:00 horas Hora de término: 11.30 horas Administrativo de actas: Pablo Flores Aguilera Imputado: Cédula de identidad: Domicilio:

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