Juzgado de Garantía de Lautaro.

MP C/ RAÚL SEGUNDO SÁEZ RAMOS

Rol

O-549-2019

Fecha

12 de marzo de 2020

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 26 de marzo de 2019, aproximadamente a las 13:40 horas, el imputado Raúl Sáez Ramos fue fiscalizado por el personal de Carabineros en la intersección de las calles Chacabuco con San Martín de la comuna de Galvarino conduciendo el automóvil marca Chevrolet modelo Gemini PPU BX 90-40 y exhibió al personal policial cuando fue fiscalizado por Ley de Tránsito el certificado de revisión técnica clase b N° E229000569 y el certificado de emisión de gases contaminantes N° A 36436166. Documentos que, en definitiva, resultaron ser falsos. b.- Calificación jurídica: Conducción de vehículo motorizado con certificado falso, del art. 192 inciso final de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, en calidad de participación de autor. c.- Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Concurre la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. Por todas estas consideraciones y teniendo también presente lo que disponen los artículos 1, 7, 14, 15, 24, 25, 30, 47 y 70, 494 bis del Código Penal, los artículos 47, 340, 388, 393, 394 y 395 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se CONDENA al requerido don RAÚL SÁEZ RAMOS, ya individualizado, como AUTOR, en grado de CONSUMADO, por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON CERTIFICADO FALSIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 192 inciso final de la Ley N° 18.290, perpetrado en esta jurisdicción, el día 26 de marzo de 2019, a sufrir la pena de UN TERCERIO de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal, la que se tendrá por cumplida, por el mayor tiempo que el sentenciado pasó privado de libertad con ocasión de la presente causa. II.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa, al haber admitido responsabilidad en los hechos, evitándose así los gastos humanos y económicos de realizarse un Juicio Simplificado propiamente tal. YRFBPHXRLB Felipe Andres Carrasco Veliz Juez de garantía Fecha: 17/04/2020 16:09:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SE

Fallo

se declara: I.- Que, se CONDENA al requerido don RAÚL SÁEZ RAMOS, ya individualizado, como AUTOR, en grado de CONSUMADO, por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON CERTIFICADO FALSIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 192 inciso final de la Ley N° 18.290, perpetrado en esta jurisdicción, el día 26 de marzo de 2019, a sufrir la pena de UN TERCERIO de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal, la que se tendrá por cumplida, por el mayor tiempo que el sentenciado pasó privado de libertad con ocasión de la presente causa. II.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa, al haber admitido responsabilidad en los hechos, evitándose así los gastos humanos y económicos de realizarse un Juicio Simplificado propiamente tal. YRFBPHXRLB Felipe Andres Carrasco Veliz Juez de garantía Fecha: 17/04/2020 16:09:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl III.- Que, oportunamente se dejaran sin efecto las medidas cautelares decretadas en contra del penado en esta causa. IV.- Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468

Texto Completo (Preview)

Lautaro, doce de marzo de dos mil veinte De acuerdo con el artículo 62 inciso 3° del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa consta en registro de audio, transcribiéndose únicamente la parte resolutiva de la presente sentencia. a.- Hechos: El día 26 de marzo de 2019, aproximadamente a las 13:40 horas, el imputado Raúl Sáez Ramos fue fiscalizado por el personal de Carabineros en la inter

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