MP C/ LORETO DE LOURDES LEÓN ESPINOZA
Rol
O-2064-2019
Fecha
8 de abril de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la formalización de fecha dieciséis de junio de dos mil diecinueve se mantienen, y se modifica la calificación jurídica a: Lesiones menos graves y tráfico de drogas artículo 3º de la ley 20.000. Cierre de la investigación: a contar de esta fecha. El Ministerio Público procede a acusar verbalmente en audiencia. La imputada acepta un procedimiento abreviado. Procedimiento abreviado. Rengo, ocho de abril de dos mil veinte. Hechos: El día 15 de junio del año 2019, aproximadamente las 13:00 horas. La víctima Miguel Carmona Ureta de 25 años llego hasta calle 4 de septiembre a la altura de la casa Nº 36 de la Población 4 de Septiembre de esta ciudad. De propiedad de la imputada, se encontraba en el exterior del inmueble Don Fernando Donoso, pareja de la imputada con quién comenzó la víctima una discusión. Para luego trabarse a golpes tanto la víctima como Donoso Medina, momentos en que la imputada Loreto León Espinoza observa dicha situación y sale del inmueble premunida de un cuchillo tipo cortapluma. Se abalanzó sobre la víctima Miguel Carmona Ureta con dicha especie cortapluma de 8 cm de hoja a propinar puñaladas en la espalda la víctima, Quien cae al suelo y la imputada se posiciona sobre la víctima continuando con dicho actuar. Es decir propinándole puñaladas, la víctima logró solicitar ayuda de terceros que se desplazaban por el lugar que trasladan posteriormente a esta hasta el Hospital de Rengo. La víctima presenta múltiples heridas en dorso y espalda, al menos 10 heridas y una de ellas es penetrante torácica por arma blanca de mediana gravedad la que se encuentra en observación y que de acuerdo a lo que se refiere en la hoja preliminar la víctima no se encontraría en riesgo vital. Posteriormente ya siendo las 17:35 en el marco de las mismas diligencia del procedimiento anterior ya SRKNPFXYKF Claudia Vanessa Letelier Morales Juez de garantía Fecha: 13/04/2020 11:27:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a LORETO DE LOURDES LEÓN ESPINOZA, Chilena, cédula de identidad N° 18.558.051-2, domiciliado en POBLACIÓN 4 DE SEPTIEMBRE Nº 36, RENGO, por los hechos del día 15 de junio del año 2019, como autora del delito de lesiones menos graves en contra de don Miguel Carmona, a sufrir una pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y como autora del delito de tráfico de drogas del artículo 3º de la ley 20.000 a sufrir una pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias generales de inhabilitación perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos, por el tiempo que dure la condena, y se le condena a la multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, para lo cual se le conceden diez parcialidades de pago, iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una, debiendo pagar la primera cuota los primeros cinco días de cada mes, comenzando por el mes de mayo del año 2020. El no pago de cualquiera de estas hará exigible el total de la multa impuesta. Si la sentenciada no tuviere bienes para satisfacerla, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada media unidad tributaria mensual a que ha sido condenada, no pudiendo esta exceder a los seis meses. II.- Que reuniendo la sentenciada los requisitos que establece el artículo 15º y siguiente de la ley 18.216, se sustituye
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / correo electrónico: jgrengo@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA Rengo, ocho de abril d
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