1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GARCIA/INTEREDU SPA

Rol

O-5167-2019

Fecha

18 de agosto de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además en los artículos 7, 8, 9, 162, 160 Nª1 letra a, 168, 453 del Código del Trabajo se declara que se acoge la demanda interpuesta por don JORGE GARCÍA CLIMENT ya individualizado en contra de la demandada su ex empleador INTEREDU SPA, representada legalmente por don GERARDO GONZÁLEZ COPELLI y en consecuencia se declara el despido injustificado e indebido conforme a lo dispone el artículo 168 letra c del Código del Trabajo, en consecuencia la demandada deberá pagar al actor las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Por concepto de diferencias de feriado legal y proporcional adeudado al actor la suma de $431.617. 2. Por concepto de Indemnización sustitutiva de aviso previo la suma de $ 1.352.512. 3. La demandada deberá pagar la suma de $2.705.024 por concepto de Indemnización años de servicio, más el recargo del 100% conforme a lo dispone el artículo 168 letra c del Código del Trabajo por aplicación indebida de la causal de faltas de probidad estableciéndose además que el despido al no tener ni siquiera hechos en la carta enviada al trabajador se declara además carente de motivo plausible por el tribunal, en consecuencia la indemnización establecida en este artículo conforme el inciso 2º del artículo 163 corresponderá al 100% del recargo, esto es $2.705.024. Finalmente las cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en los artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. Que se condena en costas a la demandada fijándose las mismas en la suma de $200.000. Regístrese y archívese en su oportunidad quedando las partes notificadas personalmente en esta audiencia, sin perjuicio de lo anterior se notificará por correo electrónico la sentencia definitiva a ambas partes por correo electrónico como asimismo por el estado diario. Dirigió la audiencia don MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, co

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso JORGE GARCÍA CLIMENT, español, profesor de inglés, cédula de identidad Nº 24.767.120-K, domiciliado en Avenida Eliodoro Yáñez N° 1280, departamento 32, comuna de Providencia, quien interpuso demanda en procedimiento en contra de su ex empleador la demandada INTEREDU SPA, representada legalmente por don GERARDO GONZÁLEZ COPELLI. Visto además en los artículos 7, 8, 9, 162, 160 Nª1 letra a, 168, 453 del Código del Trabajo

Fallo

se declara que se acoge la demanda interpuesta por don JORGE GARCÍA CLIMENT ya individualizado en contra de la demandada su ex empleador INTEREDU SPA, representada legalmente por don GERARDO GONZÁLEZ COPELLI y en consecuencia se declara el despido injustificado e indebido conforme a lo dispone el artículo 168 letra c del Código del Trabajo, en consecuencia la demandada deberá pagar al actor las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Por concepto de diferencias de feriado legal y proporcional adeudado al actor la suma de $431.617. 2. Por concepto de Indemnización sustitutiva de aviso previo la suma de $ 1.352.512. 3. La demandada deberá pagar la suma de $2.705.024 por concepto de Indemnización años de servicio, más el recargo del 100% conforme a lo dispone el artículo 168 letra c del Código del Trabajo por aplicación indebida de la causal de faltas de probidad estableciéndose además que el despido al no tener ni siquiera hechos en la carta enviada al trabajador se declara además carente de motivo plausible por el tribunal, en consecuencia la indemnización establecida en este artículo conforme el inciso 2º del artículo 163 corresponderá al 100% del recargo, esto es $2.705.024. Finalmente las cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en los artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. Que se condena en costas a la demandada fijándose las mismas en la suma de $200.000. Regístrese y archívese en su oportunidad quedando las partes not

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Santiago, 17 de agosto de 2020 RUC 19- 4-0206486-5 RIT O-5167-2019 CARATULADO GARCIA/INTEREDU SPA MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Vanesa Galaz Pérez HORA DE INICIO 11:20 HORA DE TERMINO 12:37 SALA Sala Virtual 1 (5.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 19402

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