Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ JORDÁN ANDRÉS ARAYA ARAYA

Rol

O-1154-2020

Fecha

8 de abril de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Con fecha 12 de Febrero de 2020, a las 21.40 horas aproximadamente, en circunstancias que ambos imputados, ingresaron a la Empresa COPEVAL, ubicada en Avda. Copayapu N°580 de Copiapó, con la finalidad de sustraer especies forzando el candado de la puerta de acceso al sector de bodega, siendo ambos sorprendidos por personal de Carabineros. SE DECLARA: I. Que se condena a JORDÁN ANDRÉS ARAYA ARAYA y JUAN FRANCISCO CONTRERAS MONARDES, ya individualizados ambos, en calidad de AUTORES, del delito de Robo en lugar no habitado, grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de CINCUENTA Y UN (51) DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, Accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y, COMISO de las especias incautadas y su posterior destrucción por parte del MINISTERIO PÚBLICO. II. La pena de PRISIÓN se tendrá por cumplida a ambos, con el mérito de los 55 días que han permanecido privados de libertad con motivo de la presente causa desde el 13 de Febrero de 2020 a hoy. III. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./malva JWSWPEKJKX Ubaldo Andres Basoa Oviedo Juez de garantía Fecha: 09/04/2020 08:50:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a JORDÁN ANDRÉS ARAYA ARAYA y JUAN FRANCISCO CONTRERAS MONARDES, ya individualizados ambos, en calidad de AUTORES, del delito de Robo en lugar no habitado, grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de CINCUENTA Y UN (51) DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, Accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y, COMISO de las especias incautadas y su posterior destrucción por parte del MINISTERIO PÚBLICO. II. La pena de PRISIÓN se tendrá por cumplida a ambos, con el mérito de los 55 días que han permanecido privados de libertad con motivo de la presente causa desde el 13 de Febrero de 2020 a hoy. III. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./malva JWSWPEKJKX Ubaldo Andres Basoa Oviedo Juez de garantía Fecha: 09/04/2020 08:50:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada correspon

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó, ocho de abril de dos mil veinte TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: UBALDO BASOA OVIEDO RUC: 2000168286-6 RIT: 1154 - 2020 IMPUTADO 1: JORDÁN ANDRÉS ARAYA ARAYA C.I. 18.969.831-3 FECHA DE NAC. 21 de Mayo de 1995 DIRECCION LAS DELICIAS 293, LA COLINA COMUNA: Copiapó IMPUTADO 2: JUAN FRANCISCO CONTRERAS MON

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