MINISTERIO PÚBLICO C/ CRISTIAN ALBERTO ESPAÑA VIDAL
Rol
O-893-2020
Fecha
8 de abril de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 07 de abril de 2020, a las 12:40 horas aproximadamente y en circunstancias que don CRISTIAN ALBERTO ESPAÑA VIDAL se encontraba en el domicilio de doña EVELYN ANDREA SOTO MEZA, ubicado en Pasaje Mirador N° 75, Población El Esfuerzo, Sector Tegualda de la comuna de Fresia, con el que mantiene dos hijos en común, sostuvieron una discusión por problemas domésticos, procediendo a agredirse mutuamente con golpes de puño en diferentes partes del cuerpo, resultando ambos con diversas lesiones que se reputan menos graves al tratarse de violencia intrafamiliar. Puerto Varas, a ocho de abril de dos mil veinte. I.- Que SE CONDENA a CRISTIAN ALBERTO ESPAÑA VIDAL, Cédula de Identidad N° 19.713.509-3, domiciliado en Calle Andrés Gallardo S/N, Sector Tegualda, Comuna de Fresia y a EVELYN ANDREA SOTO MEZA, Cédula de Identidad N° 18.846.216-2, domiciliada en Pasaje El Mirador N° 75, Villa El Esfuerzo, Sector Tegualda, Comuna de Fresia, por su responsabilidad como autores del delito consumado de LESIONES MENOS GRAVES RECÍPROCAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal, en relación artículo 399 del Código Penal y al artículo 5° dey 20.066, por los hechos ocurridos el día 07 de abril de 2020, en la comuna de Fresia, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a cada uno y las accesorias del Art. 9 letras c) y d) de la Ley 20.066, esto es, la Prohibición de porte o tenencia de armas de fuego y la Obligación de someterse a una evaluación psicológica y eventual tratamiento de control de impulsos en el Consultorio correspondiente a su domicilio. II.- Que las penas de multa impuestas se entenderán cumplidas, con la jornada en que ambos sentenciados permanecieron detenidos, a saber, las jornadas correspondientes a los días 07 y 08 de abril de 2020. III.- Las SANCIÓNES ACCESORIAS de la Ley 20.066 del Art. 9 letras c) y d) se cumplirán por UN AÑO la primera y por SEIS MESES la segunda, respectivame
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SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: “El día 07 de abril de 2020, a las 12:40 horas aproximadamente y en circunstancias que don CRISTIAN ALBERTO ESPAÑA VIDAL se encontraba en el domicilio de doña EVELYN ANDREA SOTO MEZA, ubicado en Pasaje Mirador N° 75, Población El Esfuerzo, Sector Tegualda de la comuna de Fresia, con el que mantiene dos hijos en común, sostuvieron una discusión por probl
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