MP C/ IGNACIO HENGIER CASTILLO OLIVÁREZ
Rol
O-6297-2019
Fecha
8 de abril de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Con fecha 22 de Octubre de 2019 alrededor de las 22:30 horas los imputados concurrieron hasta el Jardín Infantil de nombre Semillita, inmueble ubicado en calle Diego de Almagro nº 2696, a este ingresaron escalando el portón que forma parte del cierre perimetral accediendo al patio del establecimiento educacional, luego ingresaron a las oficinas forzando las rejas de protección de ventanas, sustrayendo diversas especies entre ellas un computador el cual no fue recuperado. Carabineros sorprende de manera flagrante a los imputados en el lugar momentos en los que saltaban el muro del cierre perimetral procediendo a su detención. El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, ocho de abril de dos mil veinte Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 442, 449 del Código Penal; artículo 47, 388 y siguientes del Código Procesal Pena 407 del mismo cuerpo legal; artículo 1 y 8 de la LEY 18.216; se declara: I.- Que, SE CONDENA a IGNACIO HENGIER CASTILLO OLIVÁREZ, cedula de identidad N° 0019825226-3, ya individualizado, a sufrir la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor ejecutor del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal ejecutado con 22 de Octubre de 2019, en la comuna de Calama, el cual se encuentra en grado de desarrollo consumado. NFSRPEWYLJ María José Amengual Tapia Juez de garantía Fecha: 08/04/2020 14:39:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm e
Fundamentos
considerando la situación sanitaria del país. El control deberá realizarse por Gendarmería de Chile por monitoreo telemático. En todo caso le servirá de abono todos los días que permaneció privado de libertad por esta causa, desde el día 22 de octubre de 2019, a la fecha, descontando 61 días que ingresó rematado para cumplimiento de condena en causa diversa. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, toda vez que al haber admitido responsabilidad en los hechos, ha minimizado los gastos de funcionamiento del sistema. Que, los intervinientes, incluyendo el sentenciado se entienden notificados con esta fecha de la sentencia con la lectura de la misma. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. DICTADO POR DOÑA MARÍA JOSÉ AMENGUAL TAPIA, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA Comunicaciones Decretadas 1) Orden de Libertad. (OFICIO N°1447-2020). La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por la funcionaria de acta en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia: RIT 6297 - 2019 ocho de abril de dos mil veinte. TELETRABAJO Encargado de acta: SALA 1 NFSRPEWYLJ María José Amengual Tapia Juez de garantía Fecha: 08/04/2020 14:39:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-04-08T15:39:17-0300 Corte Suprema María José Amengual Tapia Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que, SE CONDENA a IGNACIO HENGIER CASTILLO OLIVÁREZ, cedula de identidad N° 0019825226-3, ya individualizado, a sufrir la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor ejecutor del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal ejecutado con 22 de Octubre de 2019, en la comuna de Calama, el cual se encuentra en grado de desarrollo consumado. NFSRPEWYLJ María José Amengual Tapia Juez de garantía Fecha: 08/04/2020 14:39:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 II.- Que, se le otorga al imputado, la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna por el mismo periodo de la condena, la que deberá cumplir en el domicilio de Colo Colo Oriente 3091 desde las 22:00 horas de la noche hasta las 06:00 horas del día siguiente, debiendo presentarse al efecto el día 01 de junio de 2020 en el Centro de Reinserción Social de la ciu
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1 ACTA DE AUDIENCIA PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL/ ABREVIADO RIT : 6297 - 2019 RUC : 1901143915-5 FECHA : ocho de abril de dos mil veinte HORA INICIO : 09:46 hrs. HORA TÉRMINO : 10:00 hrs. DELITO : Robo en lugar no habitado. JUEZ : MARÍA JOSÉ AMENGUAL TAPIA FISCAL : RAUL MARABOLÍ SALAS DEFENSOR : MARCELA FUENTES MONTERO IMPUTADO 1 : IGNACIO HENGIER CASTILLO OLIVÁREZ RUT : 0019825226-3 DOMICILIO (A
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