1º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ GLEN ALAN IAKL FREUNDLICH

Rol

O-2110-2019

Fecha

7 de abril de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS ACREDITADOS El Servicio Nacional de Aduanas en virtud de sus facultades en la zona primaria del Aeropuerto, ubicado en la Comuna de Pudahuel, el día 07 de febrero de 2019, cerca de las 10.15 horas, se encontró dos cajas de encomiendas E9570E4GHZI y E9570E4GGLS, en cuyo interior se encontró una sustancia vegetal de color verde en estado seco, esta sustancia fue dubitada como cannabis sativa, mediante prueba de campo, con un peso total de 466.07 y cuatro 471.16 gramos respectivamente. Además en horas de la mañana del 08 de febrero de 2019, Aduanas encontró otros dos paquetes N° de encomiendas 563R9EVMYRX y 563R9ECZPLV, contenedores de cannabis sativa que arrojaron 950.53 gramos, los que tenían como destino el mismo domicilio, el mismo destinatario que el señalado el día anterior, con estos antecedentes se autorizó la entrega controlada de dicha droga por parte del Fiscal Daniel Contreras. Es así, que el día 08 de febrero de 2019 a las 12:40 horas, funcionarios de la BRIANT Aeropuerto diligenciaron la entrega vigilada en el domicilio ubicado en Carlos XII N° 120, departamento 1604 letra A, en ese lugar frente al edificio bajó el imputado Belmonte, quien recibió y firmó la guía de entrega de las especies y cuando se retiraba del lugar fue detenido por la policía. Posteriormente este imputado coopera y se encuentra en su departamento 726,99 gramos de marihuana tipo hachís, contactándose, además, con los receptores finales de la droga. SANTIAGO, siete de abril de dos mil veinte Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 9, 18, 21, 30, 50, 68, 69 del Código Penal; artículo 1, 3, de la ley 20.000, artículos 36, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 34 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, se CONDENA, sin costas, a ADRIANO BELMONTE, ciudadano canadiense, pasaporte AH-855757, cédula nacional de identidad N° 0014875721- 6, XKVKPDXXMY MARIA FRANCISCA ZAPATA GARCIA Juez de garantía Fecha: 07/04/2020 15:30:07 ESTE DOCUMENTO TIENE

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se CONDENA, sin costas, a ADRIANO BELMONTE, ciudadano canadiense, pasaporte AH-855757, cédula nacional de identidad N° 0014875721- 6, XKVKPDXXMY MARIA FRANCISCA ZAPATA GARCIA Juez de garantía Fecha: 07/04/2020 15:30:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl BRXHPDGFMY MARIA FRANCISCA ZAPATA GARCIA Juez de garantía Fecha: 07/04/2020 15:30:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl XCXMPDGJMY MARIA FRANCISCA ZAPATA GARCIA Juez de garantía Fecha: 07/04/2020 15:31:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA

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PODER JUDICIAL RUC : 1900276194-k RIT : 2110-2019 DELITO : TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Art. 3 ley 20.000 IMPUTADO : ADRIANO BELMONTE CEDULA DE IDENTIDAD : 14.875721-6 DOMICILIO : Martin Alonso Pinzón 6690, Las Condes FISCAL : RODRIGO GARRIDO PARADA DEFENSOR : MICHEL MARIN URRUTIA MINISTERIO INTERIOR : CAROLINA FERNANDEZ CATALÁN PROCEDIMIENTO : ABREVIADO ATENUANTES : 11 N° 6 Y 9 DEL CÓDIGO PENAL AGRA

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