Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ JORGE ALEJANDRO CARMONA IBÁÑEZ

Rol

O-2409-2019

Fecha

31 de marzo de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, 25, 30, 68, 69, 436 inciso 1° del Código Penal; artículos 407 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 15 y siguientes y 38 de ley 18.216, se resuelve: I. Que se CONDENA sin costas a JORGE ALEJANDRO CARMONA IBÁÑEZ, Cédula de Identidad 19.776.876-2, ya individualizado a la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en su calidad de autor de un delito de robo con intimidación en grado de desarrollo consumado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, perpetrado en el territorio jurisdiccional el día 06 de marzo del 2019. II. Que por lo ya razonado, reuniéndose la especie lo previsto en el artículo 15 bis de la ley 18.216 se le concede al sentenciado la libertad vigilada intensiva por el término de cuatro años con idéntico periodo de observación imponiéndose las condiciones del artículo 17 de la ley ya señalada y en cuanto a la XKQXPCDXPG Eduardo Alfonso Saldivia Saa Juez de garantía Fecha: 01/04/2020 15:56:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 17 ter se impone se dé cumplimiento a la contemplada en la letra B, esta es la prohibición de acercarse a la víctima Carlos Arellano Lefimil. III. Se deja constancia para efectos de eventuales revocaciones de la pena sustitutiva que el sentenciado permaneció privado de libertad con o

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, 25, 30, 68, 69, 436 inciso 1° del Código Penal; artículos 407 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 15 y siguientes y 38 de ley 18.216, se resuelve: I. Que se CONDENA sin costas a JORGE ALEJANDRO CARMONA IBÁÑEZ, Cédula de Identidad 19.776.876-2, ya individualizado a la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en su calidad de autor de un delito de robo con intimidación en grado de desarrollo consumado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, perpetrado en el territorio jurisdiccional el día 06 de marzo del 2019. II. Que por lo ya razonado, reuniéndose la especie lo previsto en el artículo 15 bis de la ley 18.216 se le concede al sentenciado la libertad vigilada intensiva por el término de cuatro años con idéntico periodo de observación imponiéndose las condiciones del artículo 17 de la ley ya señalada y en cuanto a la XKQXPCDXPG Eduardo Alfonso Saldivia Saa Juez de garantía Fecha: 01/04/2020 15:56:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C onti

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RUC 1900249939-0 RIT 2409 - 2019 C/ JORGE ALEJANDRO CARMONA IBÁÑEZ, Cédula de Identidad 19.776.876- 2, domiciliado en Calle El Vergel 1191 Block B Depto. B-24, Cerro La Cruz, Valparaíso. HECHO: “El día 06 de marzo de 2019 siendo las 15:40 horas aproximadamente al interior de la plaza Simón Bolívar ubicada en calle Molina con calle Yungay, Valparaíso, el imputado Jorge Carmona Ibáñez intimidó a la

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