Juzgado de Letras de Colina

ÁVALOS/MAESTRANZA ARNOMETAL SPA

Rol

O-339-2019

Fecha

2 de septiembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1. Que se demandó declaración de despido indirecto por incumplimiento grave y reiterado del contrato de trabajo por parte del empleador, por no pago de cotizaciones previsionales, no entrega de liquidación de remuneraciones, ni escrituración oportuna del contrato de trabajo –lo que se materializó el 1 de marzo de 2018, pese a que la relación laboral existe desde el 19 de mayo de 2016-, además de la nulidad del despido. 2. Que la demandada no contestó la demanda ni compareció a la audiencia preparatoria, por lo que no rindió prueba. 3. Que con el mérito de la prueba rendida en juicio por la demandante, en especial: a. Carta de Autodespido dirigida al empleador Maestranza Arnometal SPA de fecha 7 de mayo de 2019. b. Carta de Autodespido dirigida a la Inspección del Trabajo de fecha 7 de mayo de 2019. c. Contrato de Trabajo de fecha 1 de marzo de 2018. d. Certificado de cotizaciones previsionales de AFP Provida de fecha 7 de mayo de 2019, en que constan diversos períodos adeudados desde abril de 2016 a abril de 2019. e. Certificado de cotizaciones previsionales de FONASA de fecha 7 de mayo de 2019, en que constan diversos períodos adeudados desde abril de 2016 a abril de 2019. f. Certificado de cotizaciones previsionales de AFC Chile de fecha 7 de mayo de 2019, en que constan diversos períodos adeudados desde abril de 2016 a abril de 2019 . g. Sumado a la confesional requerida por la demandante respecto de don Patricio Javier Peláez Esquivel, quien no compareció a la audiencia respectiva, aplicándose a su respecto el apercibimiento legal del artículo 454 N°3 del Código del Trabajo, debiendo entonces presumirse efectivos los hechos alegados en la demanda, h. Como también a la exhibición de documentos solicitada por la demandante respecto del Libro de asistencia de todo el período trabajado: desde marzo de 2016 hasta mayo de 2019 y de las liquidaciones de sueldo de todo el período trabajado desde marzo de 2016 hasta mayo de 2019, dilig

Fallo

por tanto, la parte demandante pide que se haga efectivo el apercibimiento legal del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo. El tribunal deja su resolución para definitiva. · El tribunal dicta sentencia Vistos y teniendo presente: 1. Que se demandó declaración de despido indirecto por incumplimiento grave y reiterado del contrato de trabajo por parte del empleador, por no pago de cotizaciones previsionales, no entrega de liquidación de remuneraciones, ni escrituración oportuna del contrato de trabajo –lo que se materializó el 1 de marzo de 2018, pese a que la relación laboral existe desde el 19 de mayo de 2016-, además de la nulidad del despido. 2. Que la demandada no contestó la demanda ni compareció a la audiencia preparatoria, por lo que no rindió prueba. 3. Que con el mérito de la prueba rendida en juicio por la demandante, en especial: a. Carta de Autodespido dirigida al empleador Maestranza Arnometal SPA de fecha 7 de mayo de 2019. b. Carta de Autodespido dirigida a la Inspección del Trabajo de fecha 7 de mayo de 2019. c. Contrato de Trabajo de fecha 1 de marzo de 2018. d. Certificado de cotizaciones previsionales de AFP Provida de fecha 7 de mayo de 2019, en que constan diversos períodos adeudados desde abril de 2016 a abril de 2019. e. Certificado de cotizaciones previsionales de FONASA de fecha 7 de mayo de 2019, en que constan diversos períodos adeudados desde abril de 2016 a abril de 2019. f. Certificado de cotizaciones previsionales de AFC Chile de fecha

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 12/08/2020 RUC 19- 4-0191492-K RIT O-339-2019 MAGISTRADO ANDREA COPPA HERMOSILLA ADMINISTRATIVO DE ACTAS PRISCILA SILVA SANTANDER MODO DE AUDIENCIA VIDEO CONFERENCIA HORA DE INICIO 11:34 HORAS HORA DE TERMINO 11:50 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 1940191492-K-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE NO COMPARECE ABOGADO MARÍA PAZ

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