3º Juzgado de Garantía de Santiago

MINISTERIO PÚBLICO C/ MICHELLE DAFNE ERRÁZURIZ ZÚÑIGA

Rol

O-2400-2018

Fecha

16 de marzo de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo además presente, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 30, 45, 47, 49, 68 bis, 69, 70 del Código Penal; los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 4, de la ley 20.000, se declara: I.- Que se condena a JOCELYN ANAÍS CERDA RECABARREN, cédula de identidad 16.374.147-4 a la pena de 150 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, en su calidad de autora del delito consumado de tráfico de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en el artículo 4 de la ley 20.000, que tuvo lugar el 21 de junio de 2018, en el territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas. III.- Que la pena privativa de libertad y la pecuniaria se tienen por cumplidas en mérito del mayor lapso que la imputada permaneció en arresto domiciliario total IV.- Que la pena de multa, previa sustitución, se tiene por cumplida, en mérito del día que el sentenciado permaneció detenido con ocasión de esta causa. el 21 de junio de 2018, entre el 22 de junio de 2018 y esta fecha, esto es, 515 días. V.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas. Ejecutoriado que se encuentre el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese. R.U.C. 1701167744-4 R.I. T. 2400 - 2018 Sentencia dictada por Katherinn

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Resumen de sentencia dictada íntegramente en audiencia de procedimiento simplificado FECHA: dieciséis de marzo de dos mil veinte IMPUTADO: JOCELYN ANAÍS CERDA RECABARREN R.U.N. 16.374.147-4 R.I.T. 2400 - 2018 DECISIÓN DEL TRIBUNAL Por estas consideraciones, y teniendo además presente, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 30, 45, 47, 49, 68 bis, 69, 70 del Código Penal; los artículos 388 y sigu

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