2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JULIO CÉSAR VALLADARES VALDIVIA

Rol

O-2829-2020

Fecha

23 de marzo de 2020

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 22 de marzo de 2020 en horas de la mañana, el imputado le sustrajo el teléfono celular al a víctima, en la vía pública, y luego arrancó del lugar en bicicleta. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JULIO CESAR VALLADARES VALDIVIA ya individualizado a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena como autor del delito de robo por sorpresa, cometido en esta ciudad el 22 de marzo en curso. II.- Que, reuniendo los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, toda vez que las anotaciones que registra se encuentran prescritas, se le concede el beneficio de cumplimiento alternativo de la pena de la remisión condicional de la misma, debiendo quedar sujeto a la observancia de Gendarmería por el término de un año. III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, en razón de que por su disposición se evitó un juicio oral, con los costos materiales y humanos que ello implica. IV.- Resolución no ejecutoriada. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código XZFDPXQZSR Alejandra Lilian Besoain Leigh Juez de garantía Fecha: 27/03/2020 11:41:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Procesal Penal. Resolvió, Alejandra Besoaín Leigh, Juez titular del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a JULIO CESAR VALLADARES VALDIVIA ya individualizado a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena como autor del delito de robo por sorpresa, cometido en esta ciudad el 22 de marzo en curso. II.- Que, reuniendo los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, toda vez que las anotaciones que registra se encuentran prescritas, se le concede el beneficio de cumplimiento alternativo de la pena de la remisión condicional de la misma, debiendo quedar sujeto a la observancia de Gendarmería por el término de un año. III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, en razón de que por su disposición se evitó un juicio oral, con los costos materiales y humanos que ello implica. IV.- Resolución no ejecutoriada. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código XZFDPXQZSR Alejandra Lilian Besoain Leigh Juez de garantía Fecha: 27/03/2020 11:41:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veinte. TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ALEJANDRA BESOAIN LEIGH RUC: 2000312138-1 RIT: 2829-2020 IMPUTADO: JULIO CESAR VALLADARES VALDIVIA C.I. 0015799070-5 FECHA DE NAC. 09/05/1984 DIRECCION LAS ROSAS 169 COMUNA: QUILICURA DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO 436

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica