Juzgado de Garantía de Lautaro.

ESTEBAN EDGARDO MORA QUIROZ C/ JOSE ALBERTO MAKAREM PEÑA

Rol

O-1074-2019

Fecha

4 de marzo de 2020

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 16 de enero de 2019, aproximadamente a las 22:30 horas en el kilómetro 623 de la ruta 5 sur, comuna de Perquenco, el requerido José Alberto Makarem Peña condujo el camión marca Mercedes Benz modelo Atego placa patente BF.JT-31 cuyo peso bruto vehicular es de 17.100 kilos. Al momento de ser fiscalizado por personal de Carabineros que estaba en el lugar, el requerido solo se encontraba en posesión de su licencia de conductor obtenida en Venezuela, la cual no lo habilita para conducir esta clase de vehículos en Chile. b.- Calificación jurídica: Los hechos descritos constituyen el delito de CONDUCCIÓN SIN LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 194 en relación al artículo 12 de la Ley de Tránsito, correspondiéndole participación en calidad de AUTOR; y en grado de desarrollo CONSUMADO. c.- Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: Respecto del requerido concurren circunstancias atenuantes contempladas en el artículo 11 Nº 6 y N° 9 del Código Penal, no concurriendo circunstancias que agraven su responsabilidad. De acuerdo con el artículo 62 inciso 3° del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa consta en registro de audio, transcribiéndose únicamente la parte resolutiva de la presente sentencia. Y, visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 11, 12, 13, 14, 15 Nº 1; 50, 67, 68, 69, 70, y demás pertinentes del Código Penal, artículos 393, 393 bis, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 194 y demás pertinentes de la ley 18.290 y artículos 1, 10, 11, 12 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que, se CONDENA al requerido don JOSE ALBERTO MAKAREM PEÑA, ya individualizado, como AUTOR, en grado de CONSUMADO, del delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional debida, previsto en el artículo 194 de la Ley N° 18.290, perpetrado en la comuna de Lautaro, el día 16 de enero de 2019, a sufrir las siguientes penas: a).- CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se CONDENA al requerido don JOSE ALBERTO MAKAREM PEÑA, ya individualizado, como AUTOR, en grado de CONSUMADO, del delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional debida, previsto en el artículo 194 de la Ley N° 18.290, perpetrado en la comuna de Lautaro, el día 16 de enero de 2019, a sufrir las siguientes penas: a).- CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, y accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, XVCXPXSXDL Felipe Andres Carrasco Veliz Juez de garantía Fecha: 26/03/2020 15:21:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Calle coronel Souper N° 4060, Depto. 2912, Torre A, Estación C

Texto Completo (Preview)

1 PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Lautaro, cuatro de marzo del año dos mil veinte. a.- Hechos: El día 16 de enero de 2019, aproximadamente a las 22:30 horas en el kilómetro 623 de la ruta 5 sur, comuna de Perquenco, el requerido José Alberto Makarem Peña condujo el camión marca Mercedes Benz modelo Atego placa patente BF.JT-31 cuyo peso bruto vehicular es de 17.100 kilos. Al momento de ser fiscaliza

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica