1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ALARCÓN/PONCE

Rol

O-2826-2020

Fecha

12 de agosto de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 73, 161, 162, 168, 453 496 y siguientes del código del trabajo se declara: I. Que se acoge la demanda de autos interpuesta por don FABIÁN ALARCÓN SÁNCHEZ en contra del demandado CARLOS PONCE WALTER, ambos ya individualizados y en consecuencia se declara : a. Se declara nulo e injustificado el despido que fue objeto el actor indicándose que la relación laboral aconteció desde el 01 de marzo de 2019 al 01 de abril de 2020, cuyo término fue por la causal de necesidades del a empresa. b. Que el demandado deberá pagar la suma de : a) $960.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $960.000.- por concepto de indemnización por años de servicio, bajo el recargo legal del 50% por aplicación del artículo 168 letra b) del código del trabajo esto es la suma de $ 480.000.- adicionales . c) $960.000.- por concepto de remuneración del mes de marzo de 2020 d) $648.000.-por concepto de feriado legal y proporcional adeudado al actor. e) $ 6.335.616.- por concepto de horas extras ejecutadas durante la relación laboral. f) Remuneraciones y demás prestaciones devengadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y convalidación del mismo sobre la base de remuneración de $960.000.- además de las cotizaciones de seguridad social debidas y reclamadas en autos. g) Las cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en el artículo 63 y 173 del código del trabajo. II. Que no se condena en costas a la demandada por no haber existido oposición a su respecto . Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, sin perjuicio de lo anterior se notificará por correo electrónico a la parte demandante y a la parte demandada por estado diario. RIT: O-2826-2020 RUC: 20-4-0266415-1 Dictada en audiencia por don MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja co

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO : Que compareció al juicio don FABIÁN ALARCÓN SÁNCHEZ, trabajador, domiciliado para estos solos efectos en calle Catedral N° 1233, oficina 404, comuna de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador don CARLOS PONCE WALTER, comerciante, domiciliado en Av. La Estrella N° 762, comuna de Pudahuel. Visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 73, 161, 162, 168, 453 496 y siguientes del código del trabajo

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda de autos interpuesta por don FABIÁN ALARCÓN SÁNCHEZ en contra del demandado CARLOS PONCE WALTER, ambos ya individualizados y en consecuencia se declara : a. Se declara nulo e injustificado el despido que fue objeto el actor indicándose que la relación laboral aconteció desde el 01 de marzo de 2019 al 01 de abril de 2020, cuyo término fue por la causal de necesidades del a empresa. b. Que el demandado deberá pagar la suma de : a) $960.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $960.000.- por concepto de indemnización por años de servicio, bajo el recargo legal del 50% por aplicación del artículo 168 letra b) del código del trabajo esto es la suma de $ 480.000.- adicionales . c) $960.000.- por concepto de remuneración del mes de marzo de 2020 d) $648.000.-por concepto de feriado legal y proporcional adeudado al actor. e) $ 6.335.616.- por concepto de horas extras ejecutadas durante la relación laboral. f) Remuneraciones y demás prestaciones devengadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y convalidación del mismo sobre la base de remuneración de $960.000.- además de las cotizaciones de seguridad social debidas y reclamadas en autos. g) Las cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en el artículo 63 y 173 del código del trabajo. II. Que no se condena en costas a la demandada por no haber existido oposición a su respecto . Regístrese y archívese en su oportu

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (AUDIENCIA REMOTA) FECHA 11/08/2020, Santiago RUC 20- 4-0266415-1 RIT O-2826-2020 CARATULADO ALARCÓN/PONCE MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ailynne Esparza Romero HORA DE INICIO 12:00 HORA DE TERMINO 13:00 SALA 3.1 ( sala virtual 13) Nº REGISTRO DE AUD

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