7º Juzgado de Garantía de Santiago

COMERCIAL FASHIONS PARK C/ ANGELO SEBASTIÁN BOBADILLA HORMAZÁBAL

Rol

O-19610-2019

Fecha

20 de marzo de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 17 de noviembre de 2019, a las 20:15 horas aproximadamente, en la tienda comercial Fashions Park, ubicada en avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°670, el imputado Pedro Pablo Escudero Catalán junto a Ángelo Sebastián Bobadilla Hormazábal, ingresaron doblando la cortina metálica para efectos de sustraer prendas de vestir, lo que no concretaron por la intervención de guardias y carabineros” SE DECLARA: I.- Que se condena al imputado ANGELO SEBASTIÁN BOBADILLA HORMAZÁBAL ya individualizado, a la pena de 21DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO y a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 17 de noviembre de 2019, que se encuentra en grado de ejecución de FRUSTRADO. II.- El Tribunal le concede la pena sustitutiva de la Remisión Condicional de la pena por un periodo de observación de un año, con dos días de abono en caso de incumplimiento, se deberá presentar al CRS Santiago, el día 30 de abril del 2020. III.- Ofíciese al Registro Civil e Identificación para los efectos que esta condena no figure en el certificado de antecedentes del sentenciado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas por haber aceptado este procedimiento simplificado, atendido que con ello han ahorrado recursos LTWNXZZLXM CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA Juez de garantía Fecha: 24/03/2020 15:29:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascu

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena al imputado ANGELO SEBASTIÁN BOBADILLA HORMAZÁBAL ya individualizado, a la pena de 21DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO y a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 17 de noviembre de 2019, que se encuentra en grado de ejecución de FRUSTRADO. II.- El Tribunal le concede la pena sustitutiva de la Remisión Condicional de la pena por un periodo de observación de un año, con dos días de abono en caso de incumplimiento, se deberá presentar al CRS Santiago, el día 30 de abril del 2020. III.- Ofíciese al Registro Civil e Identificación para los efectos que esta condena no figure en el certificado de antecedentes del sentenciado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas por haber aceptado este procedimiento simplificado, atendido que con ello han ahorrado recursos LTWNXZZLXM CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA Juez de garantía Fecha: 24/03/2020 15:29:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártic

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago., veinte de marzo de dos mil veinte. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA RUC: 1901239385-K RIT: 19610 – 2019 IMPUTADO: ANGELO SEBASTIÁN BOBADILLA HORMAZÁBAL C.I. 0016904051-6 DELITO (Indicar si es reiterado) ROBO EN LUGAR NO HABITADO ARTICULO 442 N°1 del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica