Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ CLAUDIO ANDRÉS VALENZUELA SOTO

Rol

O-2935-2020

Fecha

16 de marzo de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos del requerimiento verbal en procedimiento simplificado: “El día 15 de marzo de 2020 a las 23:30 horas aproximadamente los imputados ya individualizados concurren hasta el restaurant “Europa 2” que estaba cerrado ubicado en José Joaquín Pérez N°596 comuna de San Bernardo, donde utilizando distintas herramientas cortan las aldabas de los candados de seguridad para luego forzar la cortina metálica, ingresar al local comercial y sustraer desde las gavetas de la caja registradora $185.000.- en efectivo, siendo sorprendido por funcionarios de Carabineros al interior del local comercial, causando daños en un baño tratando de escalar para realizare un forado y tratar de huir del local comercial, donde Carabineros procede a la detención” Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: XELNXZXXYH MAGDALENA CASANOVA JARAMILLO Juez de garantía Fecha: 24/03/2020 09:49:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1°,5, 11 Nº 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 30, 31, 50, 442, del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216 Se declara: I.-Que se condena a CLAUDIO ANDRÉS VALENZUELA SOTO ya individualizado, por su participación en calidad de autor en el delito frustrado de robo en lugar no habitado perpetrado en territorio jurisdiccional

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1°,5, 11 Nº 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 30, 31, 50, 442, del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216 Se declara: I.-Que se condena a CLAUDIO ANDRÉS VALENZUELA SOTO ya individualizado, por su participación en calidad de autor en el delito frustrado de robo en lugar no habitado perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal el día quince de marzo de dos mil veinte, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MÁXIMO más la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que reuniendo los requisitos del artículo 4° de la ley 18.216, se le sustituye la condena por remisión condicional, la que tendrá un plazo de duración de un año, debiendo dar cumplimiento en el centro de gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio. El no cumplimiento dará lugar a la intensificación o su revocación por días de presidio efectivo, dejando constancia que para tales efectos mantiene un día de abono por audiencia de control de detención de igual fecha de comisión del delito. IIi.- Que se condena a EDUARDO MAURICIO CORTES JORQUERA ya individualizado, por su participación en calidad de autor en el delito frustrado de robo en lugar no habitado, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal el día quince de marzo de dos mil veinte, a la pena de CIEN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO más la suspensión de cargo u oficio público durant

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : dieciseis de marzo de dos mil veinte. Imputado : CLAUDIO ANDRÉS VALENZUELA SOTO, cédula de identidad N° 19.062.781-0,, con domicilio en Calle CARLOS CONDELL BLOCK 1486 DEPARTAMENTO 23, comuna de San Bernardo. Imputado: EDUARDO MAURICIO CORTES JORQUERA, cédula de identidad N°16.680.14

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