TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL TALAGANTE

C/ FRANCISCO ALEJANDRO MEJÍAS GONZÁLEZ

Rol

O-166-2019

Fecha

20 de marzo de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos precedentemente, configuran a juicio de la fiscalía el delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en los artículos 4, 3 y 1 la ley 20.000, en el que se atribuye participación al acusado en calidad de autor, conforme a lo que establece el artículo 15 número 1 del Código Penal, requiriendo se le imponga la pena de 3 años y un día de presido menor en su grado máximo, multa de 30 Unidades Tributarias Mensuales, el comiso y autorización de destrucción las especies incautadas, más las accesorias legales y las costas de la causa. Tercero: Síntesis de las alegaciones de los intervinientes.- Que en sus alegaciones de apertura el fiscal ofreció acreditar el hecho de la acusación y la participación del acusado, indicando que se trató de una situación de flagrancia. Reiteró lo anterior en su alegato de cierre, reconociendo la colaboración del acusado en el esclarecimiento de las circunstancias que motivan el juicio. La defensa por su parte, manifestó en principio que pediría la absolución de su representado por insuficiencia probatoria y por estar destinada la sustancia incautada al consumo personal, sin embargo, modificó dicha estrategia y manifestó que este declararía y prestaría colaboración, reservando las alegaciones de cierre para aquello relativo a la determinación de la pena. Cuarto: Declaración del acusado.- Que en la oportunidad contemplada en el artículo 326 del Código Procesal Penal el acusado prestó declaración, la que quedó consignada en su integridad en el registro de audio. Quinto: Convenciones probatorias.- Que los intervinientes no arribaron a ninguna convención probatoria que considerar. Sexto: Prueba rendida en juicio.- Que, el Ministerio Público, con el fin de probar el supuesto fáctico contenido en la acusación, rindió la prueba ofrecida y que a continuación se reseña: .-Testimonial, consistente en la siguiente declaración: .- Alejandra del Carmen Salas Pallero, cédula de identidad número 13.9

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero:Individualización del Tribunal e intervinientes.-: Que con fecha 16 de marzo del año en curso, este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante se ha constituido en sala integrada por los jueces Marisel Canales Moya, quien presidió, Alfonso Jove Avilés como juez redactor y Pamela Wulf Leal, como juez integrante, para conocer de la acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de Francisco Alejandro Mejías González, cédula de identidad número 16.022.927-6, nacido en Santiago el 8 de enero de 1979, 49 años de edad, soltero, domiciliado en pasaje Vanderret número 808, comuna de Padre Hurtado, quien fue representado durante el juicio por la defensora penal público, Daniela Sanhueza Vílchez. Fue parte acusadora en el presente juicio, el Ministerio Público de Talagante, representado por el fiscal Heriberto Reyes Carrasco. Segundo: Acusación.- Que la acusación deducida por el Ministerio Público y que da cuenta el auto de apertura de juicio oral, formula los siguientes cargos: “El 4 de abril de 2018, alrededor de las 05:30 horas, funcionarios policiales autorizados judicialmente, ingresaron al domicilio de los acusados, ubicado en el calle Vanderret n° 808, Padre Hurtado, lo registraron y hallaron en su interior a los dos acusados y, además, sobre un sillón dentro del dormitorio de Francisco Alejandro Mejías González una bolsa de nylon transparente con 44,7 gramos netos de cannabis sativa; más un rollo de bolsas de la misma naturaleza; todo lo cual el acusado mencionado poseía sin autorización legal ni reglamentaria. Simultáneamente, los mismos funcionarios observaron como el acusado Rodolfo Patricio Mejías González arrojaba al techo del inmueble cuyo registro se practicaba, una billetera calipso con cierre metálico en cuyo interior había 11,8 gramos netos de cocaína base; y hallaron luego al interior de su dormitorio un colador de plástico, una cuchara metálica y trozos de papel de cuaderno con sus hojas recortadas; todo lo cual el acusado mencionado poseía sin autorización legal ni reglamentaria. XRXQXYWWXP ALFONSO JOSÉ JOVE AVILÉS Juez oral en lo penal Fecha: 20/03/2020 14:36:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Por último, se halló en el living de la casa, 0,5 gramos netos de cannabis sativa, al interior de un envoltorio de papel; y en uno de los dormitorios $ 57.400 pesos en dinero efectivo.” Que los hechos descritos precedentemente, configuran a juicio de la fiscalía el delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado

Fallo

fallo en las consideraciones precedentes. Tales elementos probatorios han sido apreciados libre y debidamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, sirviendo para estimar acreditadas las circunstancias que se expondrán más adelante, sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, permitiendo en definitiva que el Tribunal pudiera dar por establecidos, por unanimidad, los siguientes hechos: “El 4 de abril de 2018, funcionarios policiales autorizados judicialmente, ingresaron al domicilio ubicado en el calle Vanderret número 808, comuna de Padre Hurtado, lo registraron y hallaron a Francisco Alejandro Mejías González en su interior, entre otros individuos. Durante el desarrollo de la diligencia, un funcionario policial encontró en el dormitorio de Francisco Alejandro Mejías González, una bolsa de nylon XRXQXYWWXP ALFONSO JOSÉ JOVE AVILÉS Juez oral en lo penal Fecha: 20/03/2020 14:36:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaofic

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1 C/ Francisco Alejandro Mejías González. Delito: Tráfico de pequeñas cantidades de estupefacientes. R.I.T. Nº: 166-2019 R.U.C. Nº 1700927413-8 Talagante, veinte de marzo de dos mil veinte. VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Primero:Individualización del Tribunal e intervinientes.-: Que con fecha 16 de marzo del año en curso, este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante se ha constituido en

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