Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

SEBASTIAN ANDRES SAN MARTIN ZORZANO C/ CRISTIAN RODRIGO LÓPEZ CASTRO

Rol

O-30-2020

Fecha

20 de marzo de 2020

Materia

LESIONES GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación, según el auto de apertura de juicio oral de fecha 13 de enero de 2020, remitido a este Tribunal por el Juzgado de Garantía de Arica, son los siguientes: “El día 1° de Noviembre de 2017, en horas de la mañana, mientras la víctima Sebastián San Martín Zorzano se encontraba al interior de un local ubicado en calle Santa María N° 2998 de esta ciudad, fue agredido por el acusado CRISTIAN LÓPEZ CASTRO, quien le propinó un golpe de puño en el rostro, provocándole lesiones graves, consistentes en traumatismo maxilo facial mas tec con amnesia del episodio, lesiones que tardaron más de 30 días en resolverse.”.- Los hechos descritos son constitutivos a juicio de la Fiscalía, del delito consumado de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal. Y en él atribuye al acusado responsabilidad como autor. El ministerio público no invoca circunstancias modificatorias de responsabilidad Penal. Cita los artículos, 1, 5, 14, 15 Nro. 1, 21, 22, 29, 50, 68, 397 N° 2 y demás normas pertinentes, y respecto del procedimiento se hacen aplicables las disposiciones de los artículos contenidos en el Libro II y especialmente la disposición del artículo 259 del Código Procesal Penal. Finalmente solicita que se condene al acusado a las penas de TRES AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más las accesorias, de conformidad al artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de las costas de la causa. NZFMXYPZTM Ana Paula Sepulveda Burgos Juez Redactor Fecha: 20/03/2020 11:35:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Que con fecha 13 y 16 de marzo de 2020, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Arica, integrado por los jueces don Salvador André Garrido Aranela, quien presidió la audiencia, doña Ana Paula Sepúlveda Burgos y doña Fabiola Andrea Collao Contreras, se llevó a efecto el juicio oral en la causa identificada con el RIT 30-2020, RUC 1701037845-1, por el delito de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, contra CRISTIAN RODRIGO LÓPEZ CASTRO, cédula de identidad Nº 17.863.070-9, chileno, soltero, nacido en Viña del Mar el 30 de noviembre de 1991, de actuales 28 años, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Francisco Álvarez Romero Nº 888, Arica, representado por el defensor penal público Gustavo Vasquez Acevedo, domiciliado en calle Blanco Encalada 1142, Arica. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por la Fiscal Subrogante, Noemi Andrade Oliva y Damaris Santos Zimmermann, por el querellante Sebastián Peirano Larenas, todos los intervinientes con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO. Que los hechos de la acusación, según el auto de apertura de juicio oral de fecha 13 de enero de 2020, remitido a este Tribunal por el Juzgado de Garantía de Arica, son los siguientes: “El día 1° de Noviembre de 2017, en horas de la mañana, mientras la víctima Sebastián San Martín Zorzano se encontraba al interior de un local ubicado en calle Santa María N° 2998 de esta ciudad, fue agredido por el acusado CRISTIAN LÓPEZ CASTRO, quien le propinó un golpe de puño en el rostro, provocándole lesiones graves, consistentes en traumatismo maxilo facial mas tec con amnesia del episodio, lesiones que tardaron más de 30 días en resolverse.”.- Los hechos descritos son constitutivos a juicio de la Fiscalía, del delito consumado de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal. Y en él atribuye al acusado responsabilidad como autor. El ministerio público no invoca circunstancias modificatorias de responsabilidad Penal. Cita los artículos, 1, 5, 14, 15 Nro. 1, 21, 22, 29, 50, 68, 397 N° 2 y demás normas pertinentes, y respecto del procedimiento se hacen aplicables las disposiciones de los artículos contenidos en el Libro II y especialmente la disposición del artículo 259 del Código Procesal Penal. Finalmente solicita que se condene al acusado a las penas de TRES AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más las accesorias, de conformidad al artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de las costas de la causa. NZFMXYPZTM Ana Paula Sepulveda Burgos Juez Redactor Fecha: 20/03/2020 11:35:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora

Fallo

POR TANTO y según el mérito de lo expuesto, así como también los artículos 2314 y siguientes del Código Civil, en particular artículos 2315, 2316, 2319, 2329, 2332 del mismo cuerpo legal; en relación con los artículos 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículos 59, 60, 67, 68, 259, 261, 262, 295 y siguientes, 324 del Código Procesal Penal y cualquier otra norma pertinente, se tiene por interpuesta demanda por indemnización de perjuicios contra de don CRISTIAN RODRIGO LÓPEZ CASTRO, ya individualizado, respecto del daño ocasionado a mi representado don SEBASTIÁN ANDRÉS SAN MARTÍN ZORZANO, como consecuencia de la comisión del delito ya mencionado en el cual el demandado se encuentra formalizado y acusado por parte del Ministerio Público y este querellante; condenándolo al pago por daño emergente, por la suma de $97.570 y por concepto de daño moral al cual se ha visto expuesto mi representado la suma de $9.900.000, cantidades las cuales deberán reajustarse de acuerdo a la variación que experimente el índice de precios, todo lo anteriormente expuesto con expresa condenación en costas. CUARTO. Que luego de ser verificada la presencia de los intervinientes, de haberse dado cumplimiento a las ritualidades procesales respectivas y constatado que éstos disponían de la prueba que ofrecieran en su oportunidad, se declaró iniciado el juicio, oyéndose a continuación los alegatos de apertura de cada uno de aquellos, principiando el representante del Mi

Texto Completo (Preview)

1 Arica, viernes veinte de marzo de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que con fecha 13 y 16 de marzo de 2020, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Arica, integrado por los jueces don Salvador André Garrido Aranela, quien presidió la audiencia, doña Ana Paula Sepúlveda Burgos y doña Fabiola Andrea Collao Contreras, se llevó a efecto el juicio oral en l

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