MP C/ KEVIN IGNACIO GUTIÉRREZ SANZANA
Rol
O-52-2020
Fecha
18 de marzo de 2020
Materia
DISPAROS INJUSTIF VÍA PÚBLICA (ART. 14 D INC. FINAL), ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Con fecha 7 de Junio del año 2018, siendo las 20:30 horas aproximadamente los afectados de iníciales C.A.R.C. Y J.G.O.G. se encontraban en su domicilio particular ubicado pasaje Once Nº 2250 Villa Elena Caffarena, Alto Hospicio. En los momento es que el afectado de iníciales C.A.R.C. se aprestaba a salir a comprar, y estaba sacando su vehículo Mitsubishi colt, ppu GDXV-88 del portón hacia la calle llegaron hasta el lugar los acusados Kevin Ignacio Gutiérrez Sanzana y Dylam Rodrigo Gutiérrez Sanzana, ambos hermanos, conocidos en el sector, quienes estando armados se abalanzaron sobre el afectado con la finalidad de sustraerle el auto, exigiéndole dinero, apuntándole con las armas en la cabeza y amenazándolo con que de no hacerlo lo iban a matar. Como la afectada de iníciales J.G.O.G. observó esta situación ingresó de inmediato a su casa, arrancando hasta el segundo piso del inmueble donde estaba su nieta de 1 año a la que escondió en el ropero, siendo seguida por Kevin Gutiérrez Sanzana. El afectado de iníciales C.A.R.C. fue llevado por Dylam Gutiérrez hasta la casa, donde fue amarrado con unas ropas, estando en el interior de la casa un amigo de las víctimas de iniciales J.C.A.B. quien TMQCXXPDTS Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 18/03/2020 13:36:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 presenció todos los hechos sin poder hacer nada por cuanto fue amenazado de muerte por los hermanos. Luego la afectada J.G.O.G. fue bajada del segundo piso presenciando como su marido era golpeado y como r
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día trece de marzo del presente año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces don Juan Pozo Araya, quien presidió, don Felipe Ortíz de Zárate Fernández y don Cristián Alfonso Durruty, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en esta causa Rit N° 52-2020, seguida en contra de don KEVIN IGNACIO GUTIÉRREZ SANZANA, cédula de identidad N°20.250.675-5, chileno, nacido en Iquique, el 05 de marzo de 2000, de 20 años de edad, soltero, primero medio rendido, sin oficio, domiciliado en calle Jericó, manzana 12, sitio 17, el Boro, Alto Hospicio. Fue parte acusadora en este juicio, el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta, doña Virginia Aravena Hormazábal. La asistencia letrada del acusado estuvo a cargo de la defensora penal pública, doña Marcela Tapia Leiva. SEGUNDO: Acusación. Que el ente persecutor fundó la acusación formulada en contra del imputado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en la ocurrencia de los siguientes hechos: “Con fecha 7 de Junio del año 2018, siendo las 20:30 horas aproximadamente los afectados de iníciales C.A.R.C. Y J.G.O.G. se encontraban en su domicilio particular ubicado pasaje Once Nº 2250 Villa Elena Caffarena, Alto Hospicio. En los momento es que el afectado de iníciales C.A.R.C. se aprestaba a salir a comprar, y estaba sacando su vehículo Mitsubishi colt, ppu GDXV-88 del portón hacia la calle llegaron hasta el lugar los acusados Kevin Ignacio Gutiérrez Sanzana y Dylam Rodrigo Gutiérrez Sanzana, ambos hermanos, conocidos en el sector, quienes estando armados se abalanzaron sobre el afectado con la finalidad de sustraerle el auto, exigiéndole dinero, apuntándole con las armas en la cabeza y amenazándolo con que de no hacerlo lo iban a matar. Como la afectada de iníciales J.G.O.G. observó esta situación ingresó de inmediato a su casa, arrancando hasta el segundo piso del inmueble donde estaba su nieta de 1 año a la que escondió en el ropero, siendo seguida por Kevin Gutiérrez Sanzana. El afectado de iníciales C.A.R.C. fue llevado por Dylam Gutiérrez hasta la casa, donde fue amarrado con unas ropas, estando en el interior de la casa un amigo de las víctimas de iniciales J.C.A.B. quien TMQCXXPDTS Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 18/03/2020 13:36:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 presenció todos los hechos sin poder hacer nada por cuanto fue amenazado de muerte por los hermanos. Luego la afectada J.G.O.G. fue
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 30, 47, 50, 397 N° 2, 432 y 433 N° 3 del Código Penal; 1, 45, 46, 47, 166, 295, 296, 297, 298, 309, 314, 315, 319, 323, 325, 326, 328, 329, 332, 333, 338, 339, 340, 341, 343, 346, 348, y 468 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se absuelve a Kevin Ignacio Gutiérrez Sanzana, ya individualizado, del cargo formulado en su contra en orden ser autor de un delito consumado de disparos injustificados en la vía pública, previsto y sancionado en el artículo 14 D de la Ley 17.798, presuntamente perpetrado el día 07 de junio de 2018, en la comuna de Alto Hospicio. II.- Que se condena a Kevin Ignacio Gutiérrez Sanzana a sufrir la pena de doce años de presidio mayor en su grado medio, más la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de robo con violencia calificado, previsto y sancionado en el artículo 433 N° 3 del Código Penal, en relación con los artículos 397 N° 2 y 432, del mismo cuerpo legal, cometido en la comuna de Alto Hospicio, el día 07 de junio del año 2018. De acuerdo a lo dispuesto en la letra a) del artículo 17 de la Ley 19.070, se ordena la incorporación de la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenados. III.- Que la pena corporal impuesta la deberá servir el
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ KEVIN IGNACIO GUTIÉRREZ SANZANA. RUC: 1.800.562.992-2. RIT: 52-2020. DELITO: ROBO CON VIOLENCIA EN LAS PERSONAS. Iquique, a dieciocho de marzo de dos mil veinte. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día trece de marzo del presente año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por
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