C/ SERGIO ADOLFO URZÚA GRIMBERG
Rol
O-37-2020
Fecha
16 de marzo de 2020
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos precedentemente descritos son constitutivos del delito frustrado de robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° en relación con el artículo del Código Penal atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. La fiscalía no invoca circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Se señalan como preceptos legales aplicables al caso los artículos 1, 3, 5, 15 N°1, 18, 24, 28, 67, 432, 436 inciso 1°, 439,450 y 454, todos del Código Penal, además los artículos 45, 166 y siguientes del Código Procesal Penal. El ente persecutor en su acusación, pide que se condene al acusado Sergio Adolfo Urzúa Grimberg, antes individualizado, a la pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, más las penas accesorias del artículo 28 del mismo código, y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. PATRICIA INES BRUNDL RIUMALLO Juez Redactor Fecha: 16/03/2020 12:17:09 CELIA OLIVIA CATALAN ROMERO Juez Presidente Fecha: 16/03/2020 12:46:57 RFSKXXRFPC ERICK HUMBERTO ARAVENA IBARRA Juez Integrante Fecha: 17/03/2020 09:58:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 TERCERO: Alegatos de Apertura. El Ministerio Público en su alegato de apertura, explicó que va a presentar los hechos señalados en la acusación, pero modifica la calificación jurídica en beneficio del imputado, habiendo escuchado a la víctima, señala que se trata de un delito de hurto en conjunto
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes. Que con fecha diez de marzo de dos mil veinte, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Celia Catalán Romero, quien presidió, don Erick Aravena Ibarra y doña Patricia Bründl Riumalló, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC N° 1900856838-6, RIT N° 37-2020, seguida en contra del acusado, Sergio Adolfo Urzúa Grimberg, Cédula de Identidad N°13.940.968-K, nacido en Santiago el 5 de julio de 1980, 39 años, soltero, comerciante de ferias libres, domiciliado en Pasaje Masatlan N° 7697, Población Santa Olga, comuna de Lo Espejo, representado por la Defensora Penal Pública doña Bárbara Zuñiga Fournet. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Arturo Gómez Mieres, con domicilio y forma de notificación registrada en esta causa. SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público dedujo acusación, imputando al acusado el siguiente hecho: “El día 10 de agosto de 2019, alrededor de las 15:40 horas, el acusado SERGIO ADOLFO URZUA GRIMBERG ingresó al local comercial de venta de bicicletas y repuestos de bicicletas, de nombre "Jacvar", ubicado en calle Placer N° 880, comuna de Santiago, y tomó, desde la caja registradora de dicho recinto, la suma aproximada de $70.000 constituida por billetes, los que guardó en el bolsillo PATRICIA INES BRUNDL RIUMALLO Juez Redactor Fecha: 16/03/2020 12:17:09 CELIA OLIVIA CATALAN ROMERO Juez Presidente Fecha: 16/03/2020 12:46:57 RFSKXXRFPC ERICK HUMBERTO ARAVENA IBARRA Juez Integrante Fecha: 17/03/2020 09:58:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 izquierdo de su pantalón, acto seguido, la víctima doña Jacqueline Donoso Pérez, quien es la propietaria del local, sujetó al acusado URZUA GRIMBERG por su brazo derecho y le dijo "entrégame mi plata", respondiéndole el acusado "déjame salir de aquí, suéltame conchatumadre o te voy a pegar", para luego con su mano derecha tomó a la víctima por el cuello y levantó su mano izquierda empuñada apuntando hacia el rostro de la víctima, haciendo, de ésta forma, un gesto como si le fuera a pegar en la cara, mientras le decía "suéltame conchatumadre, salte de aquí o te voy a pegarte", debido a lo cual la víctima gritó "ayuda, ayuda, me robó mi plata", lo que motivó que varios civiles ingresaran al recinto y lo sacaran del lugar dejándolo tendido en el piso hasta la llegada de Carabineros.” En concepto del Ministerio Público los hechos precedentemente descritos son constitutivos
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 18, 21, 30, 47, 69, 74, 296 N° 3, 432, 446 Nº 3, del Código Penal; artículos 1,4, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 340, 341,342, 344,348 y 468 del Código Procesal Penal; artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, se declara: PATRICIA INES BRUNDL RIUMALLO Juez Redactor Fecha: 16/03/2020 12:17:09 CELIA OLIVIA CATALAN ROMERO Juez Presidente Fecha: 16/03/2020 12:46:57 RFSKXXRFPC ERICK HUMBERTO ARAVENA IBARRA Juez Integrante Fecha: 17/03/2020 09:58:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 15 I.- Que se condena al sentenciado Sergio Adolfo Urzúa Grimberg, ya individualizado, a la pena de ciento cuatro días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de hurto, en grado consumado, ocurrido el 10 de agosto de 2019, en esta ciudad. II.- Que asimismo se condena al sentenciado al pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales, procediendo a la reb
Texto Completo (Preview)
1 DELITO: Hurto y Amenazas RUC: 1900856838-6 RIT: 37-2020 ACUSADO: SERGIO ADOLFO URZUA GRIMBERG Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veinte. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes. Que con fecha diez de marzo de dos mil veinte, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Celia Catalán Romero, quien presi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica