MP C/ CRISTIAN ANDRÉS TELLO PERALTA
Rol
O-3725-2019
Fecha
14 de marzo de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de junio de 2019, a las 12.25 horas aproximadamente, mientras la víctima Alejandro Lino Valencia Fernandez se encontraba realizando un trámite, dejó estacionado el vehículo placa patente HYGG-82 en calle Colipi, frente al Nº 863, de Copiapó, con la ventana del conductor semi abierta, descuido que fue aprovechado por el acusado CRISTIAN ANDRES TELLO PERALTA, quien sin hacer uso de fuerza, con ánimo de sustraer especies, se introdujo por la ventana de dicho vehículo, y sustrajo 2 teléfonos celulares de propiedad de la víctima, ambos marca SAMSUNG, de color negro, avaluados en una suma total de $350.000, para luego huir del lugar. SE DECLARA: I. Que se condena a CRISTIAN ANDRÉS TELLO PERALTA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de 4 a 40 utm., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de TRESCIENTOS (300) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. Se le sustituye la sanción impuesta por la Pena Sustitutiva por 398 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, debiendo presentarse al CRS de Copiapó, el día 19 de marzo de 2020, para que ese servicio, determine el lugar de cumplimiento de las horas que debe cumplir. Si no se presenta, se dispondrá la revocación de ésta medida sustitutiva. (el Tribunal reconoce un día de abono, por lo que deberá cumplir 299 días lo que corresponde 398 horas) III. La pena de multa se tendrá por cumplida, por uno de los días que estuvo privado de libertad en virtud de la presente causa. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. NKXGXWKVX
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a CRISTIAN ANDRÉS TELLO PERALTA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de 4 a 40 utm., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de TRESCIENTOS (300) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. Se le sustituye la sanción impuesta por la Pena Sustitutiva por 398 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, debiendo presentarse al CRS de Copiapó, el día 19 de marzo de 2020, para que ese servicio, determine el lugar de cumplimiento de las horas que debe cumplir. Si no se presenta, se dispondrá la revocación de ésta medida sustitutiva. (el Tribunal reconoce un día de abono, por lo que deberá cumplir 299 días lo que corresponde 398 horas) III. La pena de multa se tendrá por cumplida, por uno de los días que estuvo privado de libertad en virtud de la presente causa. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. NKXGXWKVXJ VICTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR Juez de garantía Fecha: 15/03/2020 09:58:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., catorce de marzo de dos mil veinte TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: VÍCTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR RUC: 1900632940-6 RIT: 3725 - 2019 IMPUTADO: CRISTIAN ANDRÉS TELLO PERALTA C.I. 0015611337-9 FECHA DE NAC. 18 de septiembre de 1983 DIRECCION Calle ISABEL RIQUELME N°1046 POBL. PEDRO LEON GALLO fono: 933
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