Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ OLIVER ANDRÉS RÍOS LAGUNAS

Rol

O-2227-2020

Fecha

14 de marzo de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 13 de marzo de 2020 a las 14:00 horas el imputado OLIVER ANDRÉS RÍOS LAGUNAS, ingresó al Unimarc de Calle Henríquez 523 y sustrajo sin fuerza ni intimidación especies en la suma de $49.200.- traspasó las cajas, momento en que fue retenido por los guardias y entregado a Carabineros.- SE DECLARA: I. Que se condena a OLIVER ANDRÉS RÍOS LAGUNAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm., grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de UN (01) DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO Y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. La pena CORPORAL se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, desde el 01 al 10 de abril de 2020, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./mmg VKZLXWWMWJ VICTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR Juez de garantía Fecha: 15/03/2020 12:18:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hor

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a OLIVER ANDRÉS RÍOS LAGUNAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm., grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de UN (01) DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO Y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. La pena CORPORAL se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, desde el 01 al 10 de abril de 2020, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./mmg VKZLXWWMWJ VICTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR Juez de garantía Fecha: 15/03/2020 12:18:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA C

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., catorce de marzo de dos mil veinte TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: VÍCTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR RUC: 2000288185-4 RIT: 2227 - 2020 IMPUTADO: OLIVER ANDRÉS RÍOS LAGUNAS C.I. 0014115064-2 FECHA DE NAC. 14 de mayo de 1981 DIRECCION Calle BRASIL N°1333, BALMACEDA NORTE Nº . COMUN A: Copiapó. DELITO H

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