MP C/ ELADIO JINET ACUÑA OJEDA
Rol
O-80-2019
Fecha
14 de marzo de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación, son los siguientes: “El día 18 de junio a eso de las 03:00 horas, el señor Carlos Ramos Delgado conducía el minibús de la empresa Géminis patente HXPW 27 marca Mercedes Benz color blanco por calle Diego de Almagro en dirección al oriente y al llegar a la intersección de calle Paraguay fue impactado por el vehículo Station Wagon marca Hyundai modelo Santa Fe patente JSVT- 88 conducido por el imputado Acuña Ojeda quien conducía en contra del sentido del tránsito, sin detener la marcha e impactando al vehículo que guiaba la víctima en su tercio trasero causando el volcamiento del móvil. Carabineros que llegó al lugar a fin de verificar la situación y entrevistarse con el imputado notando que este se encontraba en estado de ebriedad por las características que presentaba por lo que se realizó prueba de aliento Alcotest que arrojó un resultado de 1.07 gramos de alcohol por cada mil de sangre lo que corroborado por informe de alcoholemia 2103/2018 del SML de Antofagasta que arrojó un resultado de 1.32 gramos de alcohol por cada mil de sangre. Se hace presente que con la colisión arriba indicada doña Gloria Esperanza Marín Martinez, que iba como copiloto del móvil conducido por la víctima resulto con lesiones de carácter grave según dato de atención de urgencias 1806180021 del hospital de Calama, asimismo, los pasajeros Cristian Mauricio Rojas Rivera, Wilson González Echeverría, Juan Carlos González Martínez, Carlos Delgado Ramos, Cristian Garcia García, Wilfredo Quispe Vega y Boris Bastías Cifuentes resultaron con lesiones de carácter leve.” (sic) Que, a juicio de la Fiscalía, los hechos anteriormente descritos son constitutivos de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones graves, lesiones leves y daños, previsto y sancionado en Cristian Enrique Medina Kirsten Juez Redactor Fecha: 14/03/2020 12:48:28 Gabriela Angelica Abusabal Chacoff Juez Presidente Fecha: 14/03/2020 12:52:43 CQVYXWXHXJ Jose Mario Fati Tep
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 10 de marzo de 2020, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, integrado por los jueces doña Gabriela Abusabal Chacoff, don José Fati Tepano y don Cristian Medina Kirsten, se llevó a efecto el juicio oral en esta causa seguido en contra de acusado ELADIO JINET ACUÑA OJEDA, cédula de identidad N°9.276.720-5, nacido el 1 de mayo de 1962 en Calama, 57 años, técnico en mantenimiento industrial, casado, apercibido conforme al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio de calle Cobija Nº 2701, Condominio Los Alerces, casa N°13, Calama, representado por el Defensor Penal Particular don Marcelo Encina Muñoz. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto, don Marcelo Bravo Valenzuela, domiciliado en calle Granaderos N° 2426, Calama. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, son los siguientes: “El día 18 de junio a eso de las 03:00 horas, el señor Carlos Ramos Delgado conducía el minibús de la empresa Géminis patente HXPW 27 marca Mercedes Benz color blanco por calle Diego de Almagro en dirección al oriente y al llegar a la intersección de calle Paraguay fue impactado por el vehículo Station Wagon marca Hyundai modelo Santa Fe patente JSVT- 88 conducido por el imputado Acuña Ojeda quien conducía en contra del sentido del tránsito, sin detener la marcha e impactando al vehículo que guiaba la víctima en su tercio trasero causando el volcamiento del móvil. Carabineros que llegó al lugar a fin de verificar la situación y entrevistarse con el imputado notando que este se encontraba en estado de ebriedad por las características que presentaba por lo que se realizó prueba de aliento Alcotest que arrojó un resultado de 1.07 gramos de alcohol por cada mil de sangre lo que corroborado por informe de alcoholemia 2103/2018 del SML de Antofagasta que arrojó un resultado de 1.32 gramos de alcohol por cada mil de sangre. Se hace presente que con la colisión arriba indicada doña Gloria Esperanza Marín Martinez, que iba como copiloto del móvil conducido por la víctima resulto con lesiones de carácter grave según dato de atención de urgencias 1806180021 del hospital de Calama, asimismo, los pasajeros Cristian Mauricio Rojas Rivera, Wilson González Echeverría, Juan Carlos González Martínez, Carlos Delgado Ramos, Cristian Garcia García, Wilfredo Quispe Vega y Boris Bastías Cifuentes resultaron con lesiones de carácter leve.” (sic) Que, a juicio de la Fiscalía, los hechos anteriormente descritos son constitutivos de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones graves, lesiones leves y daños, previsto y sancionado en Cristian Enrique Medina Kirsten Juez Redactor Fecha: 14/03/2020 12:48:28 Gabriela Angelica Abusabal Chacoff Juez Presidente Fecha: 14/03/2020 12:52:43 CQVYXWXHXJ Jose Mario Fati Tepano Juez Integrante Fecha: 14/03/2020 12:56:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIF
Fallo
por tanto su calificación jurídica, las lesiones constatadas sólo pueden ser calificadas de leves, atendiendo a su duración y naturaleza descritas por la ofendida de lo cual se desprende que no demoraron en sanar ni produjeron incapacidad por más siete días, de acuerdo al artículo 196 parte final de la Ley 18.290 en relación al artículo 494 Nº5 del Código Penal. En cuanto a las lesiones leves de Cristian Mauricio Rojas Rivera, Wilson González Echeverría, Juan Carlos González Martínez, Carlos Delgado Ramos, Cristian Garcia García, Wilfredo Quispe Vega y Boris Cristian Enrique Medina Kirsten Juez Redactor Fecha: 14/03/2020 12:48:28 Gabriela Angelica Abusabal Chacoff Juez Presidente Fecha: 14/03/2020 12:52:43 CQVYXWXHXJ Jose Mario Fati Tepano Juez Integrante Fecha: 14/03/2020 12:56:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 11 Bastías Cifuentes, invocadas en la acusación, se tiene que respecto de Carlos Delgado Ramos el DAU 1806180020 indica “refiere dolor hombro izquierdo, sin hallazgos patológicos.”, sin embargo en el juicio él ind
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ELADIO JINET ACUÑA OJEDA RUC N°: 1800589400-6 RIT N°: 80-2019 CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO LESIONES GRAVES, LEVES Y DAÑOS Calama, catorce de marzo de dos mil veinte. VISTO, OÍDO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 10 de marzo de 2020, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, integrado por los jueces doña Gabriela Abusabal Chacoff, don José Fati
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