Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ RICARDO RODRIGO SEPÚLVEDA SILVA

Rol

O-303-2019

Fecha

14 de marzo de 2020

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos de la acusación fiscal y la participación que en ellos le cupo al acusado sobre la base de información que se incorporará a través de las probanzas de cargo. Señaló que se contará con prueba testimonial, entre ellos, el aserto de la ofendida quien dará cuenta la forma en que se percató del robo de diversas especies que se encontraban en su vehículo, ante lo cual llamó a carabineros, quienes detuvieron al sujeto, en poder de las mismas, en las inmediaciones del domicilio de la afectada. También se escucharán los reportes de los funcionarios de carabineros que participaron en la fiscalización del sujeto y su detención. Finalmente, podrán observarse imágenes del vehículo vulnerado y los objetos sustraídos. Bajo su perspectiva, al término de la audiencia estará en condiciones de solicitar al tribunal un veredicto condenatorio en contra del acusado Sepúlveda Silva. Por su parte, en idéntica oportunidad procesal, la defensa penal del acusado solicitó la absolución de su defendido alegando como fundamento infracción de garantías constitucionales advertidas al momento en que el personal policial controló la identidad de su defendido, toda vez que a su parecer jurídico, estos carecieron de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Con fecha diez de los corrientes, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, integrada por sus jueces titulares Joaquín Nilo Valdebenito, David Gómez Palma y Gloria Calvo Godoy, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa Rit 303-2019, seguida en contra del acusado Ricardo Rodrigo Sepúlveda Silva, cédula de identidad N° 13.944.661-5, soltero, temporero agrícola, natural de Rancagua, nacido con fecha 9 de febrero de 1978, 42 años y domiciliado en Pasaje 25 N° 1664, Población Santa Filomena, Rancagua. Sostuvo la acusación en representación del Ministerio Público, el fiscal Víctor Urzúa Meléndez y representó la defensa penal del imputado, el abogado Luis Díaz Guajardo, ambos profesionales con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Formulación de cargos. Cabe señalar que la imputación de cargos que fue atribuida al acusado por el órgano persecutor tuvo como fundamento la siguiente relación fáctica: “El día 29 de octubre de 2018 a eso de las 03.30 horas el imputado procedió a forzar la chapa de un jeep marca Chevrolet modelo Trooper color gris claro año 1989 placa patente HR8049 que se encontraba estacionado en el pasaje 1 frente a la casa 955 en la villa Los Cántaros comuna de Rancagua desde el que procede a sustraer una gata marca Stanley color azul, 6 llaves boca corona de diferentes medidas, un cable roba corriente marca Canosa, 05 lingas de amarres de diferentes medidas color Naranjo y un kit de limpieza de automóvil dándose a la fuga y siendo detenido posteriormente por carabineros en posesión de dichas especies las que fueron avaluadas en la suma de $150.000.- por su dueño.” (Sic) A juicio del fiscal del caso, el presupuesto fáctico precedentemente reseñado resulta constitutivo del delito de robo en bienes nacionales de uso Joaquin Ignacio Nilo Valdebenito Juez Presidente Fecha: 18/03/2020 13:24:11 YYXDXXKWDT DAVID EDUARDO GOMEZ PALMA Juez Integrante Fecha: 18/03/2020 14:02:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl público, en grado de desarrollo consumado, injusto penal previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, atribuyendo al acusado una participación en calidad de autor, de conformidad con los dispuesto en el artículo 15 N° 1 del código de castigo. En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal comentó que no cuenta con atenuantes de responsabilidad penal que lo beneficien y que, en cambio, lo perjudica la agravante contenida

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1,11 n° 9, 14 n° 1, 15 n° 1, 24, 29, 50, 68, 432, 442, 443 inciso 1º del Código Penal y artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Se condena a Ricardo Sepúlveda Silva, ya individualizado en audiencia, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de robo en bienes nacionales de uso público, cometido en esta jurisdicción el día 29 de octubre de 2018, en perjuicio de la ofendida de iniciales XXXX. II.- La sanción corporal impuesta deberá ser cumplida en forma efectiva atendido el tenor de su extracto de filiación y antecedentes, dejando constancia que no registra abonos que considerar. III.- Se condena al acusado al pago de las costas de la causa. Joaquin Ignacio Nilo Valdebenito Juez Presidente Fecha: 18/03/2020 13:24:11 YYXDXXKWDT DAVID EDUARDO GOMEZ PALMA Juez Integrante Fecha: 18/03/2020 14:02:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O

Texto Completo (Preview)

MINISTERIO PUBLICO C/ SEPÚLVEDA SILVA, RICARDO RODRIGO. ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO. RUC 1801055893-6 RIT 303-2019 Rancagua, catorce de marzo de dos mil veinte. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Con fecha diez de los corrientes, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, integrada por sus jueces titulares Joaquín Nilo Valdebenito, David

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica