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PJUDtema comentado24 de junio de 2026

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Tribunal acoge parcialmente demanda por despido indirecto en Clínica Puerto Montt

El fallo reconoce el derecho a la indemnización por feriado proporcional, pero rechaza la acción de despido indirecto presentada por el trabajador.

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Fuente

Jurisprudencia judicial

Materia

Despido indirecto

Conversación

tema comentado

El caso y su contexto

En la reciente sentencia del 18 de junio de 2026, el tribunal resolvió la demanda interpuesta por Felipe Ignacio González Prado contra Clínica Puerto Montt SPA. La controversia giró en torno a la calificación del despido y las prestaciones adeudadas al trabajador.

La decisión del tribunal

El tribunal acogió la demanda solo en parte, condenando a la clínica al pago de $93.555 por concepto de saldo de feriado proporcional. Sin embargo, rechazó la demanda en lo que respecta a la acción de despido indirecto, lo que implica que el tribunal no consideró que existieran fundamentos suficientes para calificar la terminación del contrato como despido por parte del trabajador. En consecuencia, se entendió que el contrato había terminado por renuncia del demandante.

Además, se estableció que la suma a pagar debía incluir reajustes e intereses conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Cada parte deberá asumir sus respectivas costas, y se ordenó el cumplimiento de la sentencia dentro del quinto día de su ejecutoria.

Repercusiones prácticas

Este fallo es significativo para los profesionales del derecho laboral, ya que reafirma la necesidad de que los trabajadores presenten pruebas contundentes al alegar despido indirecto. La decisión también subraya la importancia de los derechos laborales relacionados con el feriado proporcional, un aspecto que a menudo genera controversia en las relaciones laborales.

El rechazo de la acción de despido indirecto puede influir en futuros casos similares, donde la carga de la prueba recae en el trabajador que busca demostrar condiciones que justifiquen su salida del empleo como un despido injustificado.

Fuente jurídica principal

Jurisprudencia judicial. La conversación pública solo se usa como señal editorial; la autoridad jurídica corresponde a la fuente principal.

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Por qué importa

El fallo aclara la interpretación de las condiciones para calificar un despido como indirecto y reafirma derechos laborales relacionados con el feriado proporcional, lo que puede influir en la estrategia de los trabajadores y empleadores en casos similares.

Fuentes relacionadas

Advertencia metodológica: Este análisis es generado automáticamente por Inteligencia Artificial de El Digesto en base a las fuentes oficiales monitoreadas y el contexto de nuestra base de datos. No constituye asesoría legal. Revise siempre el texto oficial antes de usar la fuente.